SESION EXTRAORDINARIA DEL
PLENO MUNICIPAL
DEL AYUNTAMIENTO DE
TORRECABALLEROS
ORDEN
DEL DÍA CON UN ÚNICO PUNTO
1. RECURSO DE
REPOSICIÓN INTERPUESTO POR EL GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR EN EL
AYUNTAMIENTO DE TORRECABALLEROS
|
*Hemos señalado entre [corchetes en rojo]
las palabras o frases cortas que no llegan a entenderse bien,
debido a la, entendemos,
excesivamente rápida lectura de los documentos de los miembros del pleno.
2 de Febrero de 2016
Reunidos a las 9h tres
vecinos del pueblo y todos los
representantes de los grupos:
3 del Psoe (que
incluye al Alcalde), 4 del PP, 1 de En Común y 1 de GRUPO NO ADSCRITO
1.
RECURSO DE REPOSICIÓN
INTERPUESTO POR EL GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR EN EL AYUNTAMIENTO DE
TORRECABALLEROS
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Buenos días, damos
comienzo a esta sesión extraordinaria del pleno municipal con el único punto
del orden del día: el recurso de reposición interpuesto por el grupo municipal
del partido popular en el Ayuntamiento de Torrecaballeros, una vez celebrada la
sesión extraordinaria de la Comisión de Cuentas, Hacienda y Presupuestos que
celebramos el pasado día 28 de Enero. Traemos a pleno la admisión o inadmisión
de este recurso de reposición. Como digo, la comisión extraordinaria dictó
favorablemente inadmitir este
recurso. Un recurso presentado interpuesto por Dña. María Llorente Bonilla, D.
Serafín Sanz Sanz, D. Luis Mariano de Diego Arcones, Dña. Ana Paula Moreno en
calidad de concejales del grupo municipal del Partido Popular, contra el
acuerdo de aprobación inicial del presupuesto de 2016 adoptado por el
Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el pasado 17 de diciembre de
2015, el cual deberá dejarse sin efecto por ser nulo de pleno derecho en virtud
de lo dispuesto en el artículo 62.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo
común. Solicitando, además, se reponga la indefensión sufrida por estos
concejales al no poder conocer y estudiar con el mínimo tiempo necesario los
documentos esenciales para poder posicionar su voto como legítimamente es el
derecho que constitucionalmente tienen otorgado, retrotrayendo cualesquiera
actos relacionados con la aprobación del expediente de presupuestos generales
de 2016 a su estado inicial. Como comentamos en la Comisión de cuentas, la ley
especial que constituye el texto refundido de la Ley reguladora de haciendas
locales establece un régimen especial de reclamaciones e impugnaciones a los
presupuestos. La actuación declamatoria que procede contra la aprobación
inicial del presupuesto es formular en su caso una reclamación durante el
periodo de exposición pública del mismo, que únicamente puede formularse por
aquellos interesados que gozan de legitimación activa para reclamar, y que ha
de estar amparada en los supuestos tasados que establece el artículo 170.2 del
texto refundido de la Ley reguladora de haciendas locales. Que la actuación
impugnatoria que procede respecto al acuerdo por el que se aprueba
definitivamente el presupuesto, es el recurso contencioso administrativo ya que
en este ámbito la ley que constituye el texto refundido de la Ley reguladora de
haciendas locales establece un régimen de impugnación especial que excepciona
la posibilidad del recurso de reposición, permitiendo exclusivamente el recurso
contencioso administrativo. Por tanto, tal como sometimos a informe en la
comisión, lo que proponemos para su votación en este pleno es si admitir a
trámite el recurso de reposición interpuesto por Dña. María Llorente Bonilla,
D. Serafín Sanz Sanz, D. Luis Mariano de Diego Arcones, Dña. Ana Paula Moreno
en calidad de concejales del grupo municipal del Partido Popular, contra el
acuerdo de aprobación inicial del presupuesto de 2016 adoptado por el
Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el pasado 17 de diciembre de
2015, por ser improcedente en el supuesto planteado y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley reguladora de
haciendas locales. Y segundo, que se modifique el acuerdo que se adopte a los interesados con expresión de los
recursos que caben contra el mismo.
Antes de la votación
¿alguna intervención por algunos de los diferentes grupos? ¿Grupo Popular?
MARIA (PP)
Sí, en primer lugar,
decir que el recurso presentado pretende salvar una grave deficiencia
democrática que todos los concejales del ayuntamiento hemos sufrido y que
deseamos no vuelva a ocurrir. Así se advierte tanto en la Comisión de Cuentas
como en el mismo pleno, pero un […]. Volvemos a insistir que en el artículo 46.2 D
de la Ley de bases del régimen local establece literalmente que “las sesiones
plenarias han de convocarse con al menos dos días de antelación, salvo las
extraordinarias que no hayan sido de carácter urgente y cuya convocatoria con
este carácter deberán ser ratificadas en pleno. La documentación interna de los
asuntos incluidos en el orden del día que deba servir de base del debate y en
su caso de votación, deberán deberá estar a disposición de los concejales y
diputados desde el día mismo de la convocatoria en la secretaría de la
corporación”. El artículo 84 del Reglamento de organización y funcionamiento
del régimen jurídico de las entidades locales establece literalmente que “toda
la documentación de los asuntos incluidos en el orden del día que deba servir
de base del debate y en su caso de votación, deberán deberá estar a disposición
de los miembros de la corporación desde el día mismo de la convocatoria en la
secretaría de la misma. Cualquier miembro de la corporación podrá, en consecuencia,
examinarla incluso tener copia de los documentos concretos, pero los originales
no podrán salir del lugar en el que se encuentre.
Podemos entender que
el expediente carezca de documentación de mero trámite y sin trascendencia pero
lo que no podemos tolerar es que se afirme que la memoria explicativa, el
informe de estabilidad presupuestaria o la regla de gasto no aportan
absolutamente nada, cuando son documentos esenciales e imprescindibles para
tener la seguridad de que el presupuesto está conforme con el reglamento
jurídico actual. Está suficientemente claro que el pleno no debía de haberse
convocado ya que el expediente no estaba completo, aunque no es de extrañar ya
que el bagaje que lleva este equipo de gobierno es no atender a normativa alguna
como la normativa para […] los toldos, la normativa para la licencia del
Hostal La Rueda, que se concedió con un informe desfavorable del técnico, la
ley de bases del régimen local, el reglamento de organización y funcionamiento
de […],
la ley general de subvenciones, la ley de servicios sociales de Castilla y
León, etc. También cabe decir que el recurso tuvo fecha de entrada el 14 de
Enero de 2016, siendo el 16 del mismo mes la fecha máxima para presentar
reclamaciones por la adjudicación del […] del pasado 28 de […]
Habida cuenta que el
Sr. Alcalde ha reconocido expresamente esta deficiencia, en vez de tomar el
recurso como una reclamación admisible y repetir el proceso como garantía
necesaria y evitar este borrón democrático, él mismo y sin el
consejo informe de la secretaria interventora, ya que no existe este informe en
el expediente de esta sesión, se acoge a lo articulado en la ley de haciendas
locales que dice que el presupuesto solo se puede recurrirse ante el juzgado de
lo contencioso administrativo eludiendo el cumplimiento de la normativa antes
expresada. Se lo vuelvo a preguntar o se lo volvemos a preguntar como ya lo
hicimos en la anterior sesión de pleno ¿para qué queremos a los técnicos en
este ayuntamiento? Desde este grupo lamentamos esta forma discrecional de
actuar, guardándonos el derecho de acudir a cuantos estamentos consideremos
oportuno.
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Muchas gracias. ¿Alguna
intervención más? ¿Por parte de EnComún?
MARIA JOSÉ (EN COMUN)
La concejalía de
TorreEnComún no ha sufrido ninguna falta democrática, sino más bien lo
contrario, habiendo sido esta concejalía informada en todo momento por el
capítulo Presupuestos, información que ha llegado hasta la reiteración.
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Gracias ¿Fidel?
FIDEL (GRUPO NO ADSCRITO)
Bien, yo me adhiero
prácticamente a todo lo expresado por TorreEnComún. Tengo la experiencia del
gobierno anterior… […] No tengo ninguna objeción que poner al actual
equipo de gobierno.
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Muchas gracias ¿alguna
intervención más?
SERAFIN (PP)
Sí, si me permite. Yo
quería saber si este recurso ha provocado que no se pueda pagar a algún
proveedor o ha habido algún problema de pagos por este recurso, si los
empleados municipales has recibido sus nóminas, etc.
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Los empleados
municipales has recibido sus nóminas porque se pagó antes de que se empezara a
tramitar este recurso, antes de que se celebrara la Comisión del otro día. Los
empleados han cobrado puntualmente su nómina
SERAFIN (PP)
Ya pero quiero saber
si han cobrado antes de hoy la nómina del mes de Enero, por ejemplo.
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Ellos han cobrado ya
su mes de Enero
SERAFIN (PP)
¿Este recurso ha
provocado alguna falta de pago o pagos a algún proveedor?
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
No. ¿Alguna
intervención más?
Bien, respecto de ese
comunicado hay cuestiones como el borrón democrático respecto de que no hay
informe de esta secretaria, informe por escrito. Bien, si ha de ser preceptivo
solicitaré que desde ahora cualquier consulta que se haga a la secretaria quede
por escrito para que no quepa ninguna duda de lo que en labor de asesoramiento,
que deba llevar a cabo ella, pues lo haga por escrito en lugar de oralmente.
MARIA (PP)
Se lo agradecemos.
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Lo que me parece un
poquito triste es el tema en el que se comentaba para qué sirven los técnicos
de este Ayuntamiento.
En su recurso alegan
indefensión. Textualmente “grave indefensión a estos concejales
imposibilitándonos un pronunciamiento adecuado sobre la tramitación más
transcendente e importante desde el punto de vista de la hacienda local”. Para
empezar, alabo el corporativismo del grupo municipal popular al firmar, como no
podía ser de otro modo, conjuntamente el recurso, pero no deja de ser curioso
que tan solo el Sr. Sanz haya querido consultar esa documentación a la que
aluden. Ni la portavoz, Sra. Llorente ni en el resto de concejales.
Yo les pregunto:
¿Indefensión es trabajar un proyecto de presupuestos durante un mes?
¿Indefensión es consensuar en todo momento día y hora de reuniones? Incluso en
el caso de la reunión de la comisión de Cuentas, Hacienda y Presupuestos que se
reunió, con su visto bueno y el del resto de integrantes antes del Pleno
extraordinario de presupuestos; algo que la ley permite, según información de
la Secretaría, y que, por cierto, usted, señor Sanz, ha hecho en varias
ocasiones a lo largo de su dilatada trayectoria al frente de este ayuntamiento.
¿Indefensión es
ofrecerle la documentación y usted negarse a revisarla? Y esta negativa no me
la invento yo. Fui testigo de dicha negativa porque estaba presente en la
Comisión de Cuentas, Hacienda y Presupuestos. Pero es que además, ustedes así
lo han reconocido ya que han aprobado dos actas en las que así se contempla: La
primera de ellas, el acta del Pleno Extraordinario de 17 de diciembre dice:”
“Contesta el Sr. Alcalde que los informes están, son favorables, se los hemos mostrado y no
los han querido ver. “ Esta acta fue aprobada por todos los concejales incluidos
los cuatro del grupo municipal popular.
Pero es que además, el
acta de la Comisión de Cuentas, Hacienda y Presupuestos celebrada el día 17 de
diciembre de 2015 dice: “Se le ponen de manifiesto (al Sr. Sanz) la memoria, el
informe de estabilidad, el económico financiero y el de intervención y el Sr.
Sanz dice que ahora no quiere leernos, que entiende que el expediente no estaba
completo y no se puede aprobar”. Esto
que acabo de leer es un extracto textual de acta de la Comisión celebrada del
día 17 de diciembre que también fue
aprobada el pasado 28 de enero con el voto favorable de la representante del
grupo municipal popular en dicha Comisión, la señora Llorente que acudió en
calidad suplente ya que el representante titular del PP en dicha Comisión es el
Sr. Sanz. Por cierto, que la Sra. Llorente también podía haber alegado
indefensión porque el titular no le pasó el acta que se debía aprobar, siéndole
facilitado por mí mismo en la reunión para que lo pudiera leer. Tras su
lectura, dio el visto bueno a un acta de una sesión en la que no estuvo
presente…
¿Indefensión es ante
su negativa a consultar la documentación, ofrecerle la posibilidad de retrasar
la celebración del Pleno? Así también lo hicimos y así consta en el acta que
ustedes han aprobado. Leo textualmente: “Se propone la posibilidad de aplazar
la sesión al próximo lunes y el Sr. Sanz indica que ese día él no puede ir a la
sesión”.
Además, si ustedes
repasan el acta de la sesión en la que se aprobaron los presupuestos, sus
intervenciones respecto a los mismos no son precisamente de alguien que
desconoce su contenido. Faltaría más que después de un mes trabajando sobre
ellos no los conocieran. Como digo, sus intervenciones dejan traslucir un
conocimiento amplio de los presupuestos y sus distintas partidas, a la par que,
lógicamente, cada cual somos libres, una interpretación de esas mismas
partidas. Como usted comprenderá, más facilidades no se le pueden dar…
Pero hablando de
indefensión en su labor como miembros de la oposición y fiscalizadores de la
acción de gobierno. ¿Indefensión es que desde el primer día de esta legislatura
ustedes y todos los miembros de la Corporación tengan acceso libre a la
documentación de este Ayuntamiento sin restricción de días y con la única
restricción del horario de apertura de las oficinas municipales? O lo que es lo
mismo: ustedes tienen acceso a la documentación de lunes a viernes de 8 de la
mañana a tres de la tarde. No tienen ustedes que pedir cita previa como sí
debían hacer los concejales en anteriores legislaturas.
¿Indefensión es que el
Grupo Municipal Popular cuente con la cesión de un local municipal para sus
reuniones desde el mismo instante que así lo solicitaron? Se les concedió si
ningún reparo el local que ustedes eligieron, como no podía ser de otra manera:
concretamente una salita en el Consultorio Médico. Así, como vulgarmente se
dice, a gusto del consumidor. Fíjese qué casualidades hay en la vida que
durante años y años, los grupos políticos que han formado parte de la oposición
en este ayuntamiento, y en esta mesa hay sentados algunos representantes, no
han tenido local de reunión porque, según usted, Sr. Sanz, no había locales
disponibles. Oh casualidad, el local apareció cuando usted dejó la alcaldía y
quien ahora la ostenta cedió su uso sin mayor problema. Sólo por poner algunos
ejemplos, pero hay mucho más… Cuando quieran los repasamos o salimos a la
prensa a buscar nuestro minuto de gloria.
Por cierto, me
gustaría saber si desde el grupo popular conoce el significado de la palabra deleznable: Según el Diccionario de la
Real Academia Española, deleznable es: despreciable, de poco valor. Según
ustedes han manifestado, la manera de actuar de los concejales que formamos
parte del equipo de Gobierno es deleznable. Esto es, despreciable y de poco valor.
Para ser de poco valor, se toman ustedes muchas molestias en calificar nuestra
acción de gobierno. Pero es la labor de la oposición. Lo de “despreciable” ya no lo comparto tanto.
Para este Alcalde y este equipo de
gobierno, nada de lo que ustedes como miembros de la corporación, hagan o diga,
será despreciable. Lo podré compartir o no, pero no lo calificaré jamás como “despreciable”
a pesar de que haya cosillas a las que a veces esté tentado a calificar como
despreciables: como el hecho de acusarme de mentir y tener las manos manchadas,
dejar el ordenador de alcaldía fuera de juego tras su borrado y formateo,
quitar los trienios a los trabajadores de este ayuntamiento o, como en el caso
que nos ocupa, poner en duda el trabajo de la Secretaría de este Consistorio,
así como de los demás técnicos. Algo, que yo jamás haré, aunque por similitud,
podríamos haber hecho con la aprobación de los presupuestos de la Mancomunidad
Fuente del Mojón que usted mismo presentó en calidad de vicepresidente y que
tuvo que intentar rectificar sobre la marcha porque había una cierta cantidad
de dinero por ahí bailando que no sabía usted muy bien cómo cuadrar si en
ingresos o gastos.
SERAFÍN (PP)
Yo, por alusiones, sí
me gustaría decir una serie de cosas. La indefensión yo creo que está
claramente demostrada en cuanto no se tiene acceso en tiempo y forma a esos
informes que son imprescindibles para la aprobación del presupuesto y si eso no
es indefensión dígame usted lo que es. Porque en esos presupuestos que son de
obligado cumplimiento, si esos documentos, como el informe de contabilidad de
gasto y de estabilidad presupuestaria, no están con el tiempo necesario para
poderlos leer, estudiar y ver si están correctos, como se ha pedido en todas
las anteriores ocasiones, pues dígame usted lo que es. Por mucho que diga que
en la comisión están los informes, en esa comisión no es el momento de estudiar
los informes. Para eso la ley establece de que con 48 horas antes toda esa
documentación tiene que estar a disposición de los concejales, cosa que usted
mismo ha reconocido y asumido de que no ha sido así. Con lo cual nosotros le
brindamos a través de este recurso la ocasión de limpiar este borrón, porque no
tener listos esos informes ya es un borrón. Es muy importante.
En cuanto a los
locales de los grupos… eso no es cierto. Por mucho que repita una mentira no se
va a convertir en verdad.
Usted presénteme un
escrito en el que pidan un local que sea propiedad del ayuntamiento para que
fuera cedido a los grupos municipales. En su momento se les ofreció tanto el
local que está encima de correos como el consultorio médico, que eran los que
disponíamos pero nunca los pidieron. No los pidieron porque no les interesaba
tener local lo que les interesaba era montar movida a cualquier precio y por
cualquier cuestión.
Otra vez he de decir
que la corporación anterior no ha quitado los trienios a los trabajadores por
mucho que usted intente repetirlo, una vez más una mentira que no va a
convertirse en verdad, no sé cómo decirlo, si por activa o por pasiva, no hay
una decisión expresa de quitar los trienios.
RUBEN, ALCALDE (PSOE) ¿y por qué los dejaron de cobrar?
TAMAYO (PSOE) Fue una decisión directa de la
alcaldía…
SERAFÍN (PP) Eso es mentira.
[Se produce un tumulto de cruces de palabra confuso hasta que
se regula el turno].
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Usted tiene su turno
de palabra y podrá usarlo como le dé la gana, pero no le consiento que diga que
miento con el asunto de los trienios.
SERAFÍN (PP)
Usted dígame cualquier
resolución en la que se diga que no se paguen los trienios a los trabajadores.
Ya lo he explicado muchas veces.
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Perdone pero no, no
tiene manera de explicarlo ¿por qué se dejó de pagar los trienios a los
trabajadores? Escúcheme, escúcheme.
SERAFÍN (PP) No, no, yo no le interrumpido, estoy en mi turno de palabra,
creo que tengo derecho a terminar ¿no?
RUBEN, ALCALDE (PSOE) Sí, sí. Termine.
SERAFÍN (PP)
Yo el trabajo de la
secretaria nunca lo cuestiono porque como hemos dicho en la contestación, lo
que no tenía que haber hecho era convocar el pleno. Porque la propia normativa
dice que solo se pueden convocar asuntos a un pleno cuando los expedientes
están concluidos. Y ya hemos visto que no ha sido así en el caso de los
presupuestos y en el caso del cambio de la licencia que me imagino que si no es
aquí pues dará explicaciones en otros estamentos. O la concesión de las ayudas
sociales. Cuando los asuntos no están listos no se pueden presentar en un pleno
y menos en un pleno extraordinario, es que no es de recibo. No hemos discutido
el trabajo de la secretaria, lo que si decimos es que los asuntos solo pueden
llevarse a pleno cuando los expedientes están conclusos…
MARÍA (PP) “Concluidos”.
SERAFÍN (PP)
… cuando están
terminados y están completos. Y en cuanto a los presupuestos de la mancomunidad
Fuente del Mojón, señalar que tuvieron nada más que los votos en contra de
parte de su grupo cuando también es incomprensible por su parte señalando un
error, cuando ese error pudo corregirse en el mismo momento.
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Un error de 13.000
euros y una inexistencia de documentación de todo tipo. Gracias por su
intervención. En cuanto a la acusación que me ha hecho referida a los trienios,
nos cabe la honra de haber devuelto a los trabajadores, a los tres a los que
usted se los retiró, devolvérselos, así que se les ha restituido un derecho que
usted les retiró. En cuanto a sus acusaciones de que miento, pues bien, que
conste en acta. Yo no miento. Como digo los trabajadores tienen restituidos ese
derecho y una asesoría que lleva las nóminas no decide quitar los trienios así
porque sí. Usted sabrá en que forma dio la orden, si en forma escrita o en
forma verbal, pero no voy a incidir más en esa cuestión. Gracias por acusarme
una vez más de mentir.
¿Alguna intervención
más?
FIDEL (GRUPO NO ADSCRITO)
Usted ha comentado
ahora que cuando hizo el cambio de ayuntamiento se produjeron una serie de
errores y yo quería decir que intentaremos ver si ahí hay lugar a algún tipo de
delito y si cabe alguna acción de la que daremos cuenta en el próximo pleno
RUBEN, ALCALDE (PSOE)
Bien. Sin más pasamos
a la votación. La propuesta es inadmitir,
es decir, no admitir a trámite, el
recurso de reposición interpuesto por el grupo municipal del Partido Popular en
el Ayuntamiento de Torrecaballeros a los presupuestos del 2016.
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Votos a favor: 5 (3
Psoe, 1 EnComún, 1 Grupo no adscrito)
-
Votos en contra: 4 (PP)
Se aprueba LA INADMISIÓN DEL RECURSO DE
REPOSICION
Sin más se levanta la sesión, muchísimas gracias.