jueves, 29 de diciembre de 2011

Pleno suspendido

El Alcalde ha suspendido el pleno ordinario que se iba a celebrar el próximo 11 de enero. El motivo: vacaciones del personal. Esta fecha se conoce desde hace meses, por lo que las vacaciones del personal (Secretaria) deben programarse según las necesidades del servicio, salvo que la dejación de funciones afecte también a la Secretaria. Yo más bien creo que el motivo es otro que se nos oculta, puesto que no se apunta a mover la fecha sino a juntarlo a un futuro pleno ordinario y extraordinario a la vez. El tiempo nos lo dirá.

lunes, 12 de diciembre de 2011

Paseo por los Camochos

El próximo sábado 17 de diciembre a las 12:00 en el Ayuntamiento está programada una excursión que recorrerá la Colada de los Camochos hasta la Cañada Real. Tiene como finalidad dar a conocer esta vía pecuaria que une Torrecaballeros con la Cañada y ha sido organizada por IPT.

viernes, 9 de diciembre de 2011

Gracias Alcalde

Esta es la generosidad de nuestro Alcalde expresada ayer 8 de diciembre en el Norte de Castilla. ¡Cómo se le ve el plumero partidista al citado periódico!. Junto con el anuncio de recorte eléctrico del Ayuntamiento de Turégano, en el último párrafo dice:"Por otro lado, el alcalde de Torrecaballeros, Serafín Sanz, renunció al sueldo que percibía en el anterior mandato por estar liberado y tras las elecciones municipales de mayo regresó a su empleo anterior en una empresa privada.". Que gracioso, dice renunció. Esto me recuerda el chiste del calzonazos que su mujer le echa por la ventana y mientras cae dice "y ahora me voooooy".

lunes, 21 de noviembre de 2011

Elecciones Generales 2011
























Datos del Ministerio del Interior.
Estos son los resultados de las Generales al Congreso, donde vemos que en la provincia, PP pierde 1301 votos, PSOE 14312, y suben de forma importante IU y UPyD. En Torrecaballeros, PP sube 34 votos, PSOE baja 72 y UPyD e IU suben 38 y 19 respectivamente.

viernes, 11 de noviembre de 2011

Pleno ordinario noviembre III parte

Tercera y última parte. Punto 9: Ruegos y Preguntas. Interviene Fidel diciendo que el pasado mes Ipt ha entregado un escrito pidiendo reunión con Catosa para que dejen abierto el paso que cierra la vía pecuaria de los Camochos. El Alcalde dice que ya ha hablado con ellos, pero que se tiene que solicitar el deslinde a Medio Ambiente. A continuación, Mercedes pregunta qué medidas va a tomar para el pago de la deuda. El Alcalde contesta que depende de las inversiones futuras pero que tiene un superávit anual de 70.000 euros. Vuelve a preguntar si tiene algún plan concreto, a lo que responde que se va determinando con los ingresos comunes. Mercedes le pregunta si ha asistido a alguna reunión del nuevo Parque Natural, contesta: no. Vuelve a preguntarle si se han adjudicado los cotos de caza. Serafín responde: no. (Esto supone que el Ayto. no recibe los ingresos correspondientes, y que los cazadores no tienen permiso.) . Mercedes pregunta por los últimos vertidos de purines. Dice Serafín que no sabe nada (no lo nota). Pregunta si hay normativa de vertido de purines en el municipio, a lo que responde el Alcalde que no. Propone hacer una ordenanza. El Alcalde responde que se informará. Pregunta nuevamente por el espesador de fangos de la depuradora para el que se pidió una ayuda de 10.000 euros, contesta que no se ha concedido y que no se ha instalado. Mercedes pide que le aclare el vertido de fangos producido en ese punto. Serafín contesta que ha sido por la lluvia. Mercedes aclara que no llovió. Silencio del Alcalde. Continúa con la depuradora y pregunta por el desagüe que antes filtraba a la charca y ahora se está tapando con escombros. Serafín contesta que tiene permiso. A continuación toma la palabra Psoe. Tamayo expone los datos de la deuda y Serafín le interrumpe diciendo que están en ruegos y preguntas. Continúa enumerando los préstamos: 820.000, más 475.000 para la guardería y el edif. usos múlt. entre otros, lo que supone 8.000 euros mensuales, 105.000 anuales. Pregunta de dónde los va a sacar. Serafín contesta que no conoce sus datos. Tamayo responde ingresos corrientes igual a gastos corrientes. Serafín propone hacer un borrador de borrador para 2012. Tamayo interviene para comentar que la guardería se adjudicó por urgencia, que ha costado mucho dinero y que según consta en acta iba a ser gratuita. Pregunta ¿por qué se anunció como gratuita?. Serafín responde: por error. Tamayo le pide que rectifique. Serafín se encoge de hombros. Gonzalo le dice que cualquier padre de los niños de la guardería le puede decir que está escrito en acta que es gratuita y exigirlo. Tamayo habla del decreto de M.Mar Pinillos, que esté o no de acuerdo, llevó al Contencioso y el Ayuntamiento lo perdió y que además, ahora no hace cumplir la sentencia. Serafín dice que se le olvidó el trámite de hablar con la Agrupación de Ganaderos. (Que raro, antes sí tenía tiempo). Tamayo le lee al Alcalde el artículo 404 del Código Penal por el que puede haber delito. Tamayo vuelve a preguntar que por qué no se le contestó cuando recurrió ante el Ayuntamiento. Serafín contesta que no tiene tiempo. (aunque sea anterior la respuesta es la misma). Respecto a las obras del Ayuntamiento, Tamayo pregunta por qué esa predilección y adjudicación siempre a Segesa. Serafín dice que es la mejor. Tamayo culpa a Segesa y al Arquitecto del incumplimiento de normativa, y pide una reunión con el Arquitecto para ver el proyecto del Edif. multiusos. Gonzalo da cuenta de varios asuntos de obras: rotura de vallas, pintura de bordillos, señalización de tráfico, defectos en el firme, y preguntó quién convocó la reunión del día 20 con Fenosa, Serafín contesta que quieren unir con línea de alta el polígono con Cabanillas. Pregunta por el personal contratado por subvención y su eficiencia, así como las obras de la calle Sietepicos, en la que se han olvidado entubar las canalizaciones. Pregunta también por las obras del bar de la piscina, de dudosa necesidad. Y hasta aquí las entregas del culebrón del pleno de este mes.
Se me olvidaba decir que esta semana según publica la prensa, Serafín Sanz, Alcalde de Torrecaballeros se ha reunido con el imputado en la ramificación de la trama Gürtel, Luis A. Solís, para tratar el proyecto de canalización de agua para la Mancomunidad Fuente del Mojón. Esto de la alta política es lo que tiene.

jueves, 10 de noviembre de 2011

Pleno ordinario noviembre II parte

Continuo con el punto número 8: mociones Psoe. La primera, retribuciones a los miembros de la corporación. Argumentan que la carga administrativa del Ayuntamiento aconseja la dedicación exclusiva del Alcalde, para el que piden 26.366 euros, así como entre 30 y 35 euros por asistencia de los concejales a plenos, reuniones informativas y comisiones. El Alcalde contesta que sus compromisos laborales no le permiten la exclusividad y respecto a los concejales, no existen actas de reuniones y comisiones por lo que no hay lugar a ellas. Mercedes interviene para decir que no ve oportuno el sueldo del alcalde y que no debe ir en contra del funcionamiento del Ayuntamiento, además de que hay 9 concejales entre los que repartir el trabajo. Serafín contesta que ha ofrecido cargos y que no los han querido. Mercedes expresa su disposición. Se rechaza por 2 favor, 3 contra y 4 abs. La segunda moción de Psoe se refiere a la gratuidad del aparcamiento del Hospital General solicitando que la Junta revoque el pago, modifique las Dotse para aumentar la capacidad y que lo gestione. Serafín se opone porque no incluye el parking del Ave y porque el dinero prefiere que se vaya para sanidad. Se aprueba por 5 favor y 4 abs. La tercera moción pide que no se recorte la inversión en el campus de la Uva. En Segovia. Serafín contesta que es un mal momento económico pero que el PP tiene compromiso de finalización. Se aprueba por 5favor y 4 abst. En el siguiente punto del orden del día, Tamayo presenta una propuesta de moción de urgencia pidiendo un despacho para el desarrollo de las funciones de la oposición. Solicitan el local anexo al Ayuntamiento compartiendo su uso con la Mancomunidad puesto que nunca lo usa. Serafín contesta que el local está cedido a la Manc. y que no hay lugar a la urgencia de la moción. Fidel interviene para comentar que le parece lógico que tengan un local, que se les niega, frente a otros vecinos a los que se les ha ofrecido. Tamayo sugiere la posibilidad de revocar el uso del local si no se llega a un acuerdo. Mercedes comenta que no entiende no poder compartir el local, mientras que Susana dice que el PP no tiene un sitio para sus documentos. Tamayo dice que legalmente tienen derecho a uno. La votación: 5 favor, 4 contra. Serafín dice: “al parecer queda aprobado”. Se pasa al punto 9: Ruegos y Preguntas. Es una lástima que no fuera más gente a este divertido pleno. Mañana continuo si tengo tiempo, como diría el diputado.

miércoles, 9 de noviembre de 2011

Pleno ordinario noviembre

Os comento el pleno celebrado hoy, que ha empezado a las 20:00 y ha terminado a las 22:10. Ha sido intenso e interesante, con tono político de nuestro Alcalde, haciendo pinitos como diputado. El primer punto, como es habitual, acta de sesión anterior, aprobada por unanimidad. El segundo punto, informes del Alcalde. El primero sobre sentencia desestimatoria de recurso contencioso por la modificación puntual promovida por particulares, y el segundo sobre cesión de terrenos a la Diputación para el acceso a Cabanillas. El tercer punto, fiestas locales 2012: 15 de mayo San Isidro y 3 de septiembre NªSª de la Virgen. Tamayo sugiere el 8 de septiembre por la tradición. Se aprueban las anteriores por 5 favor 3 abs 1 cont. Punto 4º Escuela Infantil, convenio cooperación. Pregunta Tamayo por la financiación. Según convenio, ésta será total o parcial por las Administraciones, al menos 1/3 del coste. Añade que ahora pagan los padres el 100%. Contesta Susana que hasta que no esté registrada jurídicamente la guardería, no se puede acceder a ese tipo de subvenciones. Añade que el 1/3 no es un compromiso del Ayuntamiento. Se aprueba el convenio con Junta y Ayuntamiento con 4 favor y 5 abst. El punto 5, modifica por unanimidad el nombre de la escuela de música: Escuela Municipal de Música de Torrecaballeros. En el punto 6, la Secretaria lee los decretos. Entre ellos, adjudicación de la segunda fase de la construcción del edificio de usos múltiples, como es habitual, a Segesa. En el punto 7, mociones presentadas por IPT, Fidel expone la moción, en la que pide su grupo la adjudicación de un contrato para una auditoría de cuentas y eficiencia de los gastos del Ayuntamiento. Serafín contesta que no es necesaria, que las cuentas son ciertas, que hay eficiencia en los gastos y que es un gasto innecesario. Tamayo cree innecesario puesto que no se aprecia anomalía en las cuentas. El Tribunal de Cuentas no ha puesto salvedad a las mismas. Se rechaza por 6 contra y 3 favor. IPT expone su segunda moción: creación de una mesa de trabajo para la revisión de las tasas de basura, agua y alcantarillado, revisando los tramos y evitar agravios comparativos. Se aprueba por unanimidad.
Y ahora me voy a la cama porque como diría Serafín, no tengo tiempo.

martes, 25 de octubre de 2011

Pleno Extraordinario

Hoy se ha celebrado pleno extraordinario con dos puntos:
Aprobación del acta de la sesión anterior (unanimidad)
Sorteo componentes mesa electoral 20-N

Reunión PSOE

He recibido en mi buzón una convocatoria de reunión del Grupo Municipal Socialista con todos los vecinos que deseen asistir, prevista para el próximo viernes, día 28 a las 20:00 horas en el Salón de plenos del Ayuntamiento. Según el comunicado, pretenden recoger sugerencias, demandas y críticas, y favorecer la participación ciudadana. Según el comunicado, hablarán del pago de la deuda, de los proyectos en marcha y las prioridades, escuchando preferencias y necesidades que sugieran los asistentes.

miércoles, 19 de octubre de 2011

Nuestro alcalde al Congreso

En el BOE de hoy, 19 de octubre, aparecen publicadas las candidaturas al Congreso. En ellas aparece nuestro alcalde, como suplente, en una lista encabezada por Beatriz Escudero, castigada por su partido por la desbandada de concejales que provocó en el Ayuntamiento de Segovia. ¿Qué os parece?.

miércoles, 14 de septiembre de 2011

Pleno ordinario de septiembre ya completo

Dos horas y cuarto de pleno con tensión, con 10 puntos en el orden del día.
Aprobación del acta anterior. Tamayo plantea impugnar el pleno por no disponer de copia del acta como establece la normativa, y Mercedes dice que no contesta a las preguntas que se plantean al Alcalde en el anterior pleno.
El segundo punto, informes de la alcaldía. El Alcalde explica que el 31 de julio se produce la baja en el contrato por la alcaldía, estando en la actualidad sin remuneración, y comunica que ha cobrado indebidamente desde el 11 de junio hasta el 31 de julio, por lo que procederá a su devolución.
Añade que al regresar a su anterior puesto de trabajo, ha reducido el tiempo que dedicaba, influyendo en la relación con otras instituciones, y que además, ralentizará la gestión municipal, por lo que plantea una delegación de funciones, citando: Escuela infantil a Susana, deportes a Cristina, y Catastro a José Manzano, siendo imposible además, mantener la periodicidad de las comisiones de cuentas, reuniones informativas y comisiones informativas.
En ese momento, interviene Tamayo para plantear que presenta una moción, a lo que Serafín le indica que lo exponga en el momento adecuado.
En el punto siguiente, expone su nombramiento como miembro de la Junta Rectora del Parque Natural de la Sierra del Guadarrama. José Manzano suplente. Fidel pregunta que si antes ha alegado que no dispone de tiempo, ¿por qué se nombra para este cargo?.
El punto 5, elección de Juez de Paz. Hay dos candidatos: la actual, Nuria y Ángel Rodrigo Cid, que formaba parte de la lista del PP por torrecaballeros (5º). Tamayo advierte que no debe estar adscrito a ningún partido político y que podría ser causa de incompatibilidad en el caso de que aún no perteneciendo al partido, podría ser concejal al pasar el turno si alguno de los actuales cesa. En el punto número 6 se trata un informe urbanístico de la adaptación de la ordenanza CNI en la parcela de la Carretera de Soria nº 48 en C/Darwin, porque es un caso único donde en la misma manzana hay dos ordenanzas: CNI y CA.
El punto número 7: denominación de la escuela infantil: "Torrecaballitos".
Punto 8 Adjudicación de la gestión de la escuela infantil a "Centro de educación infantil Piolín, S.L.". Hay 16 alumnos preinscritos de los 40 para los que está construida la escuela.
El punto 9 Certificaciones de la Escuela infantil a Segesa.
Punto 10, ordenanza reguladora de precios de uso de Escuela Infantil:
105 € empadronados, 95 familia numerosa, 119 no empadronados. Comedor 75€, 67 y 76 respectivamente, y desayunos y meriendas, 15,13 y 16.
Finalmente, Cuenta General 2010. Mercedes interviente para decir que en el horario de acceso, viernes de 10 a 14, no está la Secretaria para consulta de dudas. Se aprueba, 5 favor, 3 contra, 1 abs.
A continuación, la Secretaria lee los decretos.
En el punto de ruegos y preguntas, se genera gran tensión al intervenir Tamayo para recriminar al Alcalde, que la moción presentada por el Psoe no ha sido entregada copia a los concejales, a lo que ante la intervención de Serafín, Tamayo le indica que "no sabes lo que no quieres saber".
Serafín dice haber leído por encima la moción. Se vota la inclusión de urgencia de la moción, siendo rechazado por 7 votos a favor y 2 en contra.
En los diferentes turnos de ruegos, intervienen todos los concejales de la oposición y únicamente Serafín, del PP. IPT hablan de las delegaciones del Alcalde, licencias de taxis, limpieza y señalización del cordel de los Camochos, grabación de los plenos, presupuestos, iluminación de la zona deportiva, medidas para afrontar el endeudamiento, y cuotas de las dehesas municipales. PSOE pregunta por los objetivos del PN Guadarrama, interesándose por ofrecer el municipio para ubicar una de las dos casas parque, tubería de la presa de la Mancomunidad aún sin empezar, medidas para reducir el endeudamiento que Serafín no concreta, y que además contesta a Tamayo "DATE POR CONTESTADO". Pide una ordenanza para perros, y comenta la posibilidad de no vender las parcelas a enajenar. Gonzalo da cuenta de la situación de la casa del vaquero, el estado del camino del Molino y de la charca generada en la excavación de los Zarzales.

miércoles, 31 de agosto de 2011

Fiestas 2011

Incluyo esta nueva entrada por si alguien quiere comentar sobre las pasadas fiestas de Torrecaballeros. Creo que es justo reconocer el esfuerzo de quienes han trabajado y colaborado para su buen desarrollo.

jueves, 21 de julio de 2011

Segundo pleno extraordinario

Hoy se ha celebrado el segundo pleno extraordinario, el tercer pleno en menos de un mes. ¿Habrá otro la semana que viene?. Esto es empezar ahorrando. Después de más de 45 minutos, se seguía hablando de la guardería, así que el que quiera que comente, si sabe algo.

sábado, 16 de julio de 2011

Dedicación exclusiva

Retomo el tema que planteó Mariano respecto a la liberación del Alcalde. Parece que está previsto un nuevo pleno extraordinario para agosto en el que se va a tratar su sueldo. Es hora de exigir responsabilidad a la oposición y que sea consecuente. El argumento principal de los dos partidos de la oposición durante la campaña electoral ha sido la ruina municipal, que nos ha llevado a encabezar la lista de municipios en deuda por habitante en nuestra provincia. En ayuntamientos cercanos existe un reparto de cargas entre los concejales y la gestión no ha generado ningún problema. ¿Por qué hay que mantener este sistema en el que una persona aglutina casi todos los cargos?. ¿Por qué Psoe votó a favor de ello?. Espero que si se celebra el pleno con este dabate, la oposición sea consecuente y responsable, de otra manera sería premiar al Alcalde por su gestión.

miércoles, 13 de julio de 2011

Primer pleno ordinario

Hoy se ha celebrado el primer pleno ordinario, tan solo una semana después del extraordinario anterior. El único punto del día era ruegos y preguntas. Han intervenido los dos partidos de la oposición con diferentes preguntas al alcalde.
IPT:
Ha solicitado acceso a las licencias de obras, a las paralizadas y a las no contestadas.
Instalación de bancos en la zona próxima a la zona deportiva. Recipientes de reciclado de aceite. Adjudicación de la barra de bar para las fiestas (el alcalde contesta que ya está adjudicada a la propia orquesta como parte del acuerdo económico con ella). Señalización solicitada por la asociación de empresarios. Fuente en la plaza. Comienzo de la guardería (el alcalde dice que principio de octubre como tarde). Balsa de agua en tormentas en el Camino del Caserío. Plazo para contestación de escritos al Ayuntamiento (contesta que legalmente máximo de 3 meses). Iluminación en zona deportiva: temporizador largo. Participación del municipio, informando en la web de la celebración de plenos. Cumplimiento de programa electoral. Transparencia en la adjudicación del contrato de guardería. Finalmente, preguntan por los teléfonos móviles de los empleados, a lo que contesta que lo tienen el Alcalde y el alguacil, sin limitación.
PSOE:
Pregunta por la situación laboral del Alcalde, pues su contrato acaba con el fin de la corporación.
Medidas a tomar para encajar el endeudamiento, pues supera el 75% de los ingresos corrientes (yo creo que hay que exigir responsabilidad legal a la Secretaria de este Ayuntamiento: Mª Victoria Redondo si esto es así).
Responde que contestará en el próximo pleno. (Así se prepara la respuesta, supongo).
Peligro del solar en construcción de la carretera de Turégano, con vallado en precario. Obras y grúa en paralización desde hace años en la calle de los Zarzales (licencia y estado sanitario de la excavación paralizada). Limpieza de la Cacera (responde que hay una máquina contratada que tiene que acabar con otros trabajos pendientes). Quejas recibidas por los horarios de cierre de los locales. Escrito de solicitud de actualización de diversos datos de información municipal en la web.
Esto es a grandes rasgos lo que se habló. Perdonad por lo esquemático del texto pero no dispongo de tiempo (ni casi ganas) para una mejor redacción.

miércoles, 6 de julio de 2011

Primer Pleno

Hoy se ha celebrado el primer pleno de la legislatura. Afluencia masiva de público (9 personas) si tenemos en cuenta los plenos de la anterior legislatura. 7 Puntos del orden del día, incluido el que se nombra al Alcalde presidente de 5 órganos, Susana en el Consejo Escolar, Manzano en Segovia Sur y Cristina en Segópolis. Otros puntos: reglamento de la guardería y composición de las comisiones y reuniones informativas.

viernes, 1 de julio de 2011

OPINIÓN

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1.978.- Aconfesionalidad y laicidad del Estado

Por José Mª Lafora

Ha de ser propósito de todos los que creemos en los valores democráticos contribuir en lo posible al avance de un modelo social laico que arranque de actitudes laicistas. Para ello, hemos de llegar al convencimiento de que una Sociedad laicista en un Estado laico no solo es lo conveniente para todos sino que, además es lo justo y lo que responde fielmente a lo que debe ser un tejido democrático sin fisuras. Con total evidencia, para hablar de laicismo hay que partir de una precisión tan necesaria como contundente: las religiones; por fundamentar sus códigos éticos y morales en supuestas divinidades y, a consecuencia de ello, elaborar toda una concepción de la vida con trascendencia postmortem a otra y, sobre todo, por hacerlos descansar en la fe; constituyen una opción estrictamente de carácter privado. El gobierno de una Sociedad civil con los criterios morales de una confesión se llama Teocracia. Pero en una democracia se gobierna por, con y para TODOS los ciudadanos, independientemente de sus creencias o de sus acreencias por lo que no tiene cabida, en el ámbito público, la presión ni la influencia del fenómeno religioso.
Del párrafo que antecede, de manera inevitable, se desprenden las primeras dudas: ¿laico?, laicista?. Se hace necesario, pues, en primer lugar, delimitar conceptos para evitar interpretaciones erróneas y, sobre todo, para obstaculizar imposiciones e interpretaciones interesadas que juegan con los sentimientos y anhelos de la Sociedad tergiversando antecedentes históricos y manipulando realidades para, en definitiva, seguir tratando de consolidar privilegios sangrantes. Un adecuado uso del diccionario, en este sentido, nos ayudará, cuando menos, a que no se nos venda mortadela por Guijuelo bellotero.
Aconfesionalidad: Falta de adscripción o vinculación a cualquier confesión religiosa.
Laico/ca: Independiente de cualquier organización o confesión religiosa.
Laicismo: Doctrina que defiende la independencia del hombre o de la sociedad, y más particularmente del Estado, respecto de cualquier organización o confesión religiosa.
Laicidad: La R.A.E. de la Lengua no tiene definido este término aunque deberíamos convenir, atendiendo al aspecto práctico, que laicidad es la cualidad que deriva del adjetivo laico por lo que la laicidad de un Estado es la percepción, la seña de identidad que transmite dicho Estado por el hecho de ser laico. Autores especializados como Prelot han llegado a una definición que, además de agradarme, encaja plenamente con el punto de vista que pretendo defender en estas líneas. Así, laicidad es un concepto referido a “los límites impuestos a la libertad religiosa en la sociedad política/civil, en nombre del interés general” ( PRELOT, P.H., Laïcité et liberté de religion(Pour un définition juridique de la laïcité), en Doctrines et doctrine en Droit Public, contributions réunies par Geneviève Koubi, presses de l’Université des Sciences Sociales de Toulouse, Toulouse 1997, pp.131-152, esp. p.135.)
Hemos de apreciar en estos conceptos tres niveles diferenciados en el asalto al problema. En primer lugar, la definición de aconfesionalidad nos muestra una actitud pasiva ante el fenómeno religioso: La aconfesionalidad del Estado, nos confirma tan sólo que el Estado no ha optado de manera oficial por una confesión religiosa, nada más. No implica limitación alguna para que las religiones irrumpan en la sociedad civil e impongan sus códigos morales. No impide ni regula que las religiones invadan el espacio público mediante la prestación de servicios, como la educación, que solo incumben al Estado por tratarse de derechos fundamentales de la ciudadanía, ni tampoco cuestiona la colaboración, puntual o permanente, entre Iglesia/Estado por perverso que pueda perfilarse el fin perseguido. La aconfesionalidad del Estado es el terreno propicio para que las religiones disfracen de libertad de conciencia lo que tan solo consiste en la más desleal, cuanto más concertada, utilización de las instituciones para fines exclusivamente proselitistas. Es el terreno en el que mejor se mueve la Iglesia Católica pues se encuentra a gusto; sus privilegios permanecen intocables y hasta incrementados con suculentos réditos y además, se puede permitir el presentarse ante la sociedad como víctima de un ateismo y un relativismo supuestamente agresivo (recordemos los lastimeros lamentos de Benedicto XVI con ocasión de su visita a Santiago y a Barcelona a finales de 2.010). El término “laico”, en cambio, encierra un posicionamiento activo. El Estado laico ya no es solo que no se adscriba a una determinada religión sino que asume el compromiso de mantenerse activamente independiente. Tal posicionamiento implicaría, debería de implicar, la impermeabilización definitiva del Estado ante la influencia religiosa. Podrían producirse acuerdos, tratados entre el Estado y las confesiones religiosas pero nunca sobre la premisa de invasión religiosa de las competencias estatales. El laicismo, por fin, como trato de insinuar con el subrayado en el primer párrafo de este escrito, se asocia más con una actitud militante y vigilante del ciudadano que, aún pudiendo tener convicciones religiosas, cuidará de que la Sociedad mediante el ejercicio de la ciudadanía, y las instituciones del Estado mediante la administración de la soberanía popular a él delegada, se ocupen de la “res publica” mientras que las religiones, como tales, han de quedar por Ley (Ley como expresión democrática de la ciudadanía) impedidas de invadir el espacio público y de ejercer o tratar de ejercer las competencias que solo al Estado competen.
Adicionalmente, sólo en este escenario es de esperar una libertad de conciencia real y efectiva en condiciones de plena igualdad. En términos muy similares se pronuncia el Tribunal Constitucional (T.C. en adelante) al condicionar la libertad de conciencia a que la neutralidad religiosa e ideológica sea obligatoria para todas las instituciones del Estado y para todos los poderes públicos (Sentencia del T.C. 5/1981, de 13 de febrero,- Fundamentos Jurídicos, párrafo 6)
Otro aspecto interesante en el terreno conceptual radica en comprobar si existe relación entre laicismo y anticlericalismo y la respuesta, desde mi exclusivo punto de vista, es ambigua. Y, es ambigua porque anticlericalismo no significa hoy lo mismo que hace 100 años. Podría definirse el anticlericalismo de hoy como una variante, entre muchas, del laicismo militante, comprometida no solo con sus aspectos definitorios sino que iría más lejos, abogando por una reacción hostil ante la pertinaz irrespetuosa irrupción de, en nuestro caso la Iglesia Católica, en el solar de “lo público”. Pero tal enfoque, totalmente legítimo y asumible, rebasa el papel que el laicismo militante debe desempeñar en nuestros días que no es otro que el ya apuntado. Por otra parte se da el afortunado fenómeno, con más frecuencia de la que imaginamos, de activismo laicista protagonizado por ciudadanos creyentes y hasta afectos a una determinada iglesia o confesión religiosa. Tal observación nos da pie para reafirmarnos en lo justo y universal de la propuesta laicista.
Delimitado el problema de semántica lingüística en el terreno que nos vamos a mover y antes de abordar la situación que nos impone el redactado de nuestra última y vigente Constitución , la de 1.978, sería conveniente iniciar un breve recorrido por las constituciones que nos han precedido, tan sólo en lo relativo al tratamiento del fenómeno religioso.
* Constitución de 1.812: La primera Constitución promulgada en España. Fue muy avanzada para su tiempo pues rompió, aunque en muchos aspectos muy tímidamente, con la España del absolutismo, transformando de manera ya irreversible al súbdito en ciudadano. No hay que olvidar que su redacción descansó en un ambiente bélico en lo social, en lo militar, en lo ideológico y en lo político. Se trata de una España invadida por las tropas de Napoleón que, en un plano estrictamente teórico-pragmático, representaban “ la modernidad” frente al “antiguo régimen” que en nuestro solar patrio se veía reforzado por un tejido social impermeable a influencias foráneas. En este convulso escenario en el que sobresalía la figura de un rey, tan nefasto como utilizado, secuestrado en Francia y que capitalizaba un manipulado entusiasmo popular, convivían elementos emergentes únicos en tal momento: la trascendencia enorme que, a favor de la emancipación popular de cualquier tiranía, supuso la Constitución de los Estados Unidos de América; la pléyade de “liberales” que, nadando a contracorriente, por un lado fueron portadores de los principios revolucionarios pero, por otro, entusiastas intérpretes del momento histórico y leales a un embrionario proyecto nacional de nuevo cuño; unas estructuras sociales arcaicas por las que “la Ilustración” pasó de puntillas; un clero rancio y fantoche que le cogió gusto a la acción armada (“cura trabucaire”) por lo que en los siguientes 125 años van a sentir con excesiva frecuencia la “llamada divina” para intervenir de manera violenta en la política nacional (nota 1); una situación colonial degradada que canalizaba un enorme caudal de reveses hacia la metrópoli; etc.. Fue en este escenario donde confluyeron todas las sensibilidades emergentes del especial momento histórico para concluir en la redacción de “la Pepa”. Constituyó, no obstante, un referente progresista durante todo el siglo XIX. Fue, además, un modelo trasladado casi literalmente a los textos constitucionales de las nacientes nacionalidades americanas conforme se iban emancipando del dominio colonial. Sin embargo, en lo relativo al “problema religioso”, sin duda se pagó tributo a la aportación del “clero trabucaire” en su demostrada hostilidad hacia el francés. Basta con asomarnos al artículo doce (nota 2) para darnos cuenta de hasta qué punto la Iglesia Católica era dueña de ese “ trasfondo hispánico” conformado por un conglomerado de tradiciones y contradicciones, de formas de ser y de estar que perdura hasta nuestros días y que tan pronto nos aupa a heroicidades inimaginables como nos hunde en las más viles miserias al tiempo que nos hace encumbrar la mediocridad y la cutrez y condenar a nuestros notables al exilio; un trasfondo que destila de manera fluida nuestro tan debatido como parco en conclusiones “carácter” que nos empuja, una y otra vez, a rebozarnos en los fracasos colectivos como ritual previo a encarar el futuro. Ese “trasfondo hispánico”, ese “carácter español”; que con tanto acierto plasmó en sus lienzos Francisco de Goya y que con sabia maestría describieron las plumas, no siempre convergentes de, entre otros, Larra, Unamuno, Leopoldo Alas, Azorín, Ortega, Manuel Azaña, José Bergamín, etc.; nos direcciona a un eterno “querer pero no poder” que convive irremisiblemente y en perfecta armonía y complicidad con un “Poder pero no querer”.
* No pudo “la Pepa” tener una vida ni sosegada ni duradera debido principalmente al regreso de Fernando VII, tan “deseado” por unos como odiado por otros pero, en cualquier caso, interesado exclusivamente en los intereses de la Corona. Fue la Constitución de 1.837, enfrascado el país en la I Guerra carlista, redactada por liberales que, lejos de aprovechar la coyuntura, cedieron ante la desproporcionada presión de los sectores más conservadores y clericales anticipándose 141 años al “consenso” de la actual. Lo que pudo haber sido una “Carta Magna” de cuño totalmente progresista no pasó de constituir la continuidad de la de 1.812 encorsetada, si cabe, por serias concesiones al conservadurismo político. Como muestra, la evolución del tratamiento religioso: Si la Constitución de 1.812 consagraba a la religión católica como la única posible, la de 1.837 da una vuelta más de tuerca y obliga a los españoles a soportar las cargas (“ Artículo 11.- “La Nación se obliga a mantener el culto y los Ministros de la religión católica que profesan los españoles”. Sin embargo, no se prohíben, de manera expresa, otros cultos.
* Fruto de una propuesta de reforma conservadora ve la luz la Constitución de 1.845. La corona ve aún más reforzado su poder a costa, lógicamente, de la soberanía nacional. En materia religiosa, más de lo mismo: Artículo 11.- “La religión de la Nación española es la católica, apostólica romana. El estado se obliga a mantener el culto y sus ministros.”.
* La Revolución de 1.868 “La Gloriosa” provocó la expulsión de España de la reina Isabel II iniciándose con ello el llamado “Sexenio democrático” que, de manera prioritaria, abordó la redacción de un nuevo texto constitucional que corrigiera los retrocesos democráticos que comportó el anterior. Se promulgó en 1.869 la que, para muchos, es la primera constitución española verdaderamente democrática pues, entre otros logros significativos, por primera vez queda garantizado el derecho de reunión y asociación, de vital importancia en el devenir del movimiento obrero. Sin embargo, cual Quijote y Sancho, en materia religiosa, nos topamos con la Iglesia, esta vez institución. Resulta hasta paradójico que los españolitos de entonces tuvieran las agallas suficientes para avanzar en el logro de una soberanía nacional plena y para mandar de manera permanente a su exilio de Paris a Isabel II y que el arcaico estamento católico siguiera siendo algo intocable, inmutable y perpetuo. De esta guisa quedó la redacción del Artículo 21.- “La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España, sin más limitación que las reglas universales de la moral y el derecho.
Si algunos españoles profesaran otra religión que la católica, es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.”.
* No por casualidad los dos períodos republicanos han supuesto, en todos los órdenes de la organización política del Estado y de la vida social, los mayores logros sociales y de más amplio alcance, aunque a la Primera República se le quedó todo en una formulación de intenciones. En febrero de 1.873 se proclamó la I República que se autodefinía como federal (Artículo 1º.- “Componen la Nación española los Estados de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, Puerto Rico, Valencia, Regiones Vascongadas…..”). En julio de ese mismo año ya estaba redactado, bajo la dirección del eminente don Emilio Castelar, el proyecto constitucional que habría de aprobar las Cortes Constituyentes. No pudo ver la luz pues el golpe del General Pavía truncó violentamente las expectativas. Un gobierno provisional que duró un año, presidido por el General Serrano, abonó el terreno de los partidarios de la restauración borbónica, restauración que encontró su consolidación con el pronunciamiento de Martínez Campos.
Como habrá advertido el lector, no es cometido de estas líneas, ya lo lamento, un estudio comparativo de las constituciones españolas, salvo en la parcela religiosa. Por ello, sin más veamos qué cambios aportó, trató de aportar, la I República en esta materia: “Art. 34º. El ejercicio de todos los cultos es libre en España. Art. 35º. Queda separada la Iglesia del Estado. Art. 36º. Queda prohibido a la nación o al Estado federal, a los Estados regionales y a los Municipios subvencionar directa ni indirectamente ningún culto. Art. 37º. Las actas de nacimiento, de matrimonio y defunción serán registradas siempre por las autoridades civiles.”.
El redactado de estos artículos, en comparación con los que recogió la Constitución de 1.931, son un tanto tímidos, se quedan a la mitad de la intención que se intuye pero, obviamente, si la comparación la efectuamos con los anteriores textos constitucionales, el avance queda tremendamente evidenciado. Se partió del reconocimiento de la libertad de cultos pero sin recoger el expreso sometimiento de las órdenes religiosas al imperio de las Leyes y a su acatamiento y observancia. Por primera vez, quedó expresada con nitidez la separación de Iglesia (iglesias habría que entender) y Estado. Sin embargo, lo más consecuentemente avanzado fue el corte de suministro de fondos públicos a cualquier culto, prohibición que alcanzó a todos los estamentos del Estado. De sobresaliente importancia resultó, también, el arrebatar a las parroquias la función que tradicionalmente se habían arrogado y que, en la práctica, suponía un evidente control de población, de haciendas y, sobre todo, de voluntades testamentarias. En realidad las parroquias ejercían de registros por lo que la medida hay que entenderla como muy oportuna y apropiada por cuanto coincidió en el tiempo con la progresiva implantación de los registros civiles.

* Como ha quedado apuntado el pronunciamiento de Martínez Campos abrió la puerta a la “Restauración Borbónica”, con Alfonso XII. Tal pirueta precisaba de un nuevo texto constitucional hecho a la medida de la efeméride. De tal manera, en 1.876 se promulga esta nueva “Carta Magna” que responde tan solo al pacto entre conservadores y liberales pero monárquicos. Como era de temer, en materia religiosa se regresa a las catacumbas: Art. 11. “La religión católica, apostólica, romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en el territorio español por sus opiniones religiosas ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana. No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.”.
* La II República Española, sin duda y con diferencia, el período de la Historia de España más lúcido y fecundo en todos los órdenes, se caracterizó fundamentalmente, por un intento serio y comprometido por modernizar España, sus estructuras y sus tejidos sociales y por consolidar avances sociales ni siquiera imaginados hasta entonces. Los logros de la Constitución de 1.931 hay que medirlos por la fuerza desplegada mediante el imparable empuje de las fuerzas sociales y políticas comprometidas con el progreso. Sus fracasos, aunque algunos de cosecha propia, por la continua obstaculización y machacona hostilidad que desde amplios sectores sociales, políticos, militares y religiosos, se desplegó en defensa de unos privilegios imposibles de hacer descansar sobre principios racionales por lo que su única posibilidad de triunfo era, como así sucedió, el empleo de la fuerza acompañada de traición, deslealtad y vileza sin límite.
En lo referente a la religión, por fin la República abordó la solución del problema desde la única premisa posible: La necesidad de que todos, ciudadanos y organizaciones de todo tipo, sin excepción, quedaran sometidos al imperio de la Ley emanada de las instituciones democráticas de la República. He aquí el redactado
Artículo 3.- “El Estado español no tiene religión oficial.”
Artículo 26.-“Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial.
El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas.
Una ley especial regulará la total extinción, en un plazo máximo de dos años, del presupuesto del Clero.
Quedan disueltas aquellas Ordenes religiosas que estatutariamente impongan, además de los tres votos canónicos, otro especial de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado. Sus bienes serán nacionalizados y afectados a fines benéficos y docentes.
Las demás órdenes religiosas se someterán a una ley especial votada por estas Cortes Constituyentes y ajustada a las siguientes bases:
1. Disolución de las que, por sus actividades, constituyan un peligro para la seguridad del Estado,
2. Inscripción de las que deban subsistir, en un Registro especial dependiente del Ministerio de justicia.
3. Incapacidad de adquirir y conservar, por sí o por persona interpuesta, más bienes que los que, previa justificación, se destinen a su vivienda o al cumplimiento directo de sus fines privativos.
4. Prohibición de ejercer la industria el comercio o la enseñanza.
5. Sumisión a todas las leyes tributarias del país.
6. Obligación de rendir anualmente cuentas al Estado de la inversión de sus bienes en relación con los fines de la Asociación. Los bienes de las órdenes religiosas podrán ser nacionalizados.”.
Como señalé en mi artículo “Reflexiones Benedictinas” de diciembre de 2.010, pedagógicamente, quedan nítidamente perfilados los conceptos “aconfesionalidad”, “laico” y “laicismo”. El artículo 3 responde con precisión al concepto “aconfesionalidad”. En efecto, el propósito expuesto no impide, en principio, tratos de favor a, por ejemplo, la Iglesia Católica. Pero el artículo 26 despliega todo un compendio de justicia, equilibrio, pragmatismo, igualdad y primacía de la Ley. Voy a intentar desgranar y desmenuzar tanto contenido recogido en tan pocas palabras:
Hay quienes, sin reflexión previa o con ella, toman el redactado del artículo 26 como la órden de disolución y expulsión de los jesuitas tratando de encuadrar tal medida, cuando ésta se produjo, en un supuesto contexto agresivo hacia la Iglesia. Craso error, porque fueron las leyes que desarrolló el mandato constitucional las que consumaron la expulsión (Decreto de 23 de enero de 1.932). De todas formas, oyendo a los descuartizadores de la Historia parece que la medida tomada con los jesuitas fue algo único y premeditado por la República. Si repasamos con solo un poco de rigor nuestro reciente pasado comprobaremos que el católico rey Carlos III, mediante Pragmática Sanción de 1767, expulsó a los jesuitas de todos los territorios de la Corona, incluidos los de ultramar, y ordenó la incautación de todos los bienes de la Compañía de Jesús. Antes, en 1.759, habían sido expulsados también de la católica Portugal y en 1.763/64 de Francia. Hasta todo un Papa, Clemente XIV en 1.773, dio el paso de disolver la Compañía. Como bien señala Félix Rodríguez Sanz, de la Fundación Manuel Azaña “Al centrar su mirada en la orden de los jesuitas, no era por ninguna manía popular o porque se hubiesen hecho especialmente antipáticos para la ciudadanía de izquierdas. Los jesuitas eran un grupo especializado en captar dinero de las clases acomodadas en la Europa del último tercio del siglo XIX, y muy particularmente en España………………….. Y hay que señalar que los jesuitas eran propietarios de un tercio, nada menos, de la riqueza capitalizada de España, en todo tipo de empresas, bancos, industrias, etc., y a través de diferentes testaferros.”. (Fuente: Europa Laica. http://www.laicismo.org ).

Prestando una lectura crítica y atenta al redactado del artículo 26 podremos delimitar la valoración conceptual abordada en la primera parte de este escrito. Queda el Estado consolidado inconfundiblemente como “laico” y cimienta unos mecanismos de autodefensa laicistas que lejos de suponer lo que para algunos es una persecución religiosa o, cuando menos, una discriminación respecto a otro tipo de asociaciones, supone la decisión valiente, hasta entonces ni soñada, de poner a la Iglesia Católica y demás confesiones a la misma altura que al resto de asociaciones obligándolas a someterse, como todo el mundo, a las Leyes, incluidas las de carácter tributario, y exigiéndolas, faltaría más, explícito no acatamiento de autoridad ajena al Estado como puede ser el papa (nota 3). Por último, atendiendo a un criterio de justicia hasta entonces no aplicado, se prohíbe a las órdenes religiosas ejercer la industria, el comercio y la enseñanza. Tales actividades, si bien pueden considerarse implícitas en el decreto de expulsión de los jesuitas, por otra parte, al serles exigido figurar en un registro especial dependiente del Ministerio de Justicia, tal circunstancia las impedía de ejercer cualquier otra actividad que no fuera la prevista por la Ley, es decir, su ministerio espiritual. Sin duda la prohibición que más dolió a la Iglesia fue la de ejercer la enseñanza. La Católica institución hoy habla de ello y parece que se atrinchera en artimañas varias intuyendo una firme intención inequívoca de que vuelva a repetirse la experiencia. En efecto, protegen su discutible e ilegítimo derecho agarrándose a un cajón de sastre al que llaman, a veces, libertad de conciencia y, cuando más conviene, derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos, etc. Y, simplemente, la República les privó de ejercer la enseñanza porque la educación es un derecho fundamental de la ciudadanía y, por lo tanto, es obligación del Estado y sólo del Estado dar satisfacción de tal derecho. Trasladándonos a nuestro momento en el que este aspecto ha adquirido otra dimensión, ¿quiere decir esto que los padres no tienen derecho a elegir la enseñanza para sus hijos?. Yo lo plantearía de otra forma: Los padres no tienen derecho a privar a sus hijos de una enseñanza obligatoria con unos planes de estudio que responden a elaboración democrática. Si aún así, ciertos padres pretenden otro tipo, siempre adicional, no sustitutorio, de adoctrinamiento, por ejemplo religioso, las leyes deberían de garantizar que tales actividades no contravienen el ordenamiento jurídico y que, además, son financiadas exclusivamente por los propios interesados. Desde una Iglesia prepotente y desde un Estado que no acierta a sacudirse su servidumbre se nos viene imponiendo un modelo educacional que ya empieza a chirriar como despótico ante gran parte de la ciudadanía pagana (en este caso pagana, porque paga)

Como todos sabemos, aunque muchos pretenden ignorar o manipular, el 18 de Julio de 1.936, tornáronse ciertos acuartelamientos y casi todos los púlpitos en burdeles en los que copularon hasta la extenuación el deshonor con la infamia, el ultraje con la sedición y el sable con la patena. La heroica resistencia de todo un pueblo en defensa de unas conquistas sociales y políticas sin parangón, no resultó suficiente para frenar el criminal levantamiento. Así y todo, les costó casi tres años doblegar la voluntad de progreso del pueblo español defendiendo su República (para ser riguroso, unos su República, otros su particular revolución). En la retaguardia de los rebeldes, el heroísmo evidenciado en la defensa de la legalidad republicana se contestaba, día tras día, con brutal y criminal represión. Incluso la postguerra evidenció la pobreza de espíritu y la vileza humana de los dirigentes del Movimiento que enfocaron leyes y práctica política cotidiana hacia la eliminación y la humillación de los vencidos, con efusivo aplauso brindado desde los púlpitos. Al tiempo que los fusilamientos ponían sonido de fondo a cada amanecer, si cabe, para profundizar en una humillación cada día más paranoica, la propaganda oficial ensalzaba al excombatiente, remuneraba chivatos y delatores, repartía prebendas, pensiones, empleos, cargos y estancos a cuantos habían participado en la rebelión y/o en la represión o seguían colaborando en la “solución final” al modo nacional-católico. Sus “caidos”, no por casualidad enfoscan, aún hoy, las fachadas de cada centro parroquial mientras que los, además de caídos, vencidos, rellenan cunetas y fosas comunes a la espera de una apremiante rehabilitación Resulta ultrajante asistir hoy a la nueva ofensiva del fascio (nota 4) poniendo obstáculos a cualquier intento por descubrir una fosa, por rehabilitar un nombre por….. intentar recuperar una dignidad violada. Es toda una “cruzada intereconómica y COPEdifusa” en la que colabora lo más miserable del mundo de la información, del estamento político, de la judicatura y de la Iglesia. Sirvan estas reflexiones como homenaje e incondicional apoyo, en este affaire, al juez Baltasar Garzón. Llegará el día, más pronto que tarde, en que la razón y la justicia se abran paso entre tanta mediocridad irreciclable.

Durante años el “Fuero de los Españoles”, desde 1.945, ha presidido la vida nacional. Una Ley Fundamental diseñada con el espíritu revanchista que ha caracterizado el régimen de Franco. En materia religiosa, como resulta obvio, se constata la simbiosis entre el Nuevo Estado Nacional-sindicalista con la Iglesia, hasta el punto de que el régimen derivó hacia su nomenclatura más popular, “nacional-catolicismo”. El artículo 6 del Fuero de los Españoles establece que “La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español, gozará de protección oficial. El Estado asumirá la protección de la libertad religiosa, que será garantizada por una eficaz tutela jurídica que, a la vez, salvaguarde la moral y el órden público.”.

Pero antes de esta Ley Fundamental, incluso antes de que los sublevados controlaran la totalidad del “solar patrio” ya se habían arbitrado medidas de urgente aplicación con la retorcida intención de, si no por un procedimiento, por otro, cazar y humillar al “rojo” por muy marginal que hubiera sido su vinculación con la, no lo olvidemos, legalidad republicana. Así, la Ley de 12 de marzo de 1.938 derogó toda la normativa que regulaba el matrimonio civil. El 10 de diciembre de 1.938 se derogó la Ley de secularización de cementerios convirtiéndolos, de nuevo, en “campos santos” para escarnio de los que no merecían ser recibidos en “sagrado”.. La Ley de 2 de febrero de 1.939 restablecía estatus jurídico y privilegios de las congregaciones religiosas. La de 2 de marzo de 1.939 disponía la “exención absoluta y permanente de la contribución territorial de todos los templos, edificios, locales de cualquier naturaleza de la Iglesia Católica y de las Órdenes y Congregaciones Religiosas”. La Ley de 23 de septiembre de 1.939 de “derogación de la legislación laica devolviendo así a nuestras leyes el sentido tradicional que es el católico…” eliminó la muy progresista ley de Divorcio de la República. Declaraba, entre otras barbaridades jurídicas, nulas todas las sentencias firmes de divorcio dictadas, respecto de matrimonios canónicos, independientemente de uniones civiles posteriores. Esta Ley consagraba también el reconocimiento, a partir de entonces, de plena eficacia jurídica en el fuero civil a las sentencias firmes de los Tribunales Eclesiásticos. La Ley de 9 de noviembre de 1.939 establece que El Estado español, consciente de que su unidad y grandeza se asientan en los sillares de la Fe Católica, inspiradora suprema de sus imperiales empresas……………..decide restablecer el Presupuesto al abnegado clero español, cooperador eficacísimo de nuestra victoriosa Cruzada”. A esto se le llama ser agradecido, hay que reconocerlo. La Ley de 11 de julio de 1.941 dispuso, literalmente, de las propiedades a nombre de personas interpuestas (nota 5) fallecidas o desaparecidas. Con esta Ley no solo “recuperó” la Iglesia la titularidad sobre bienes incautados sino que aprovechó la interposición para rebañar y ampliar su inventario. Por último, atendiendo a esquema y órden de lo aquí escrito y no a que no se promulgara más legislación procatólica , “en nombre de la Santísima Trinidad y en conformidad con la Ley de Dios y la tradición católica de la nación española”, el 27 de agosto de 1.953 se firmó el Concordato entre el Estado Español y el Vaticano. Entre las muchas agresiones a la razón y a la dignidad y libertad de los no católicos, se recoge que la Iglesia “…..gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico”. Todo un alarde de pulcritud jurídica canónica y del espíritu que inspiraba a legisladores de ambos Estados. (nota 6)

En 1.976, como consecuencia de la muerte del dictador en 1.975, se inicia en España una etapa de grandes esperanzas, en gran parte defraudadas. En asuntos religiosos no podía ser menos. El Estado español y la llamada Santa Sede firman un acuerdo que, junto a otros cuatro suscritos en 1.979, encierran como propósito el sustituir el Concordato de 1.953. En el de 1.976 la Iglesia renunciaba al privilegio del fuero (nota 7) y el Estado al de presentación de obispos.

Conveniente es subrayar que mientras el acuerdo de 1.976 se firmó antes de la declaración de principios que iba a suponer la Constitución de 1.978, obviamente, los firmados en 1.979 deberían haberse ceñido a la estricta aplicación del mandato constitucional ya existente. Y es en este punto, donde cobra intencionalidad (en otros muchos cientos de aspectos también) la afirmación sostenida en el párrafo anterior en referencia a esperanzas defraudadas. Es por ello el momento apropiado para la plasmación de lo que, en relación a religión, recoge nuestra Constitución (nota 8). Por no transcribir los textos y, considerando que cualquier lector puede tener a mano un ejemplar, también por no ocupar más espacio, citaremos los artículos que directa o indirectamente están relacionados con la libertad de conciencia, libertad religiosa, aconfesionalidad, Estado laico, laicismo y derecho a la educación y libertad de enseñanza: Artículos 9.1 / 9.2 / 10.1 / 14 / 16.1 / 16.2 / 16.3 y 27.


La primera pregunta que debemos formularnos es si del articulado citado se vislumbra una Constitución aconfesional, laica o laica con proyección laicista. La verdad es que si los redactores pretendían consolidar la confusión y favorecer tantas interpretaciones como españoles dispuestos a plantearlas, el objetivo se cumplió sobradamente. Ni tras las inevitables aportaciones del T.C. ha quedado cerrado el descalabro interpretativo aunque, vaya por delante, que lo que vale no es el texto plasmado en la Constitución sino la jurisprudencia del T.C, sobre dicho texto. El meollo, independientemente de que el resto del redactado constitucional lo consolide o lo devalúe, según interpretaciones, radica en el art. 16.3 “Ninguna confesión tendrá carácter estatal…” para seguir “…Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.”. Pues bien, hay autores, incluso de prestigio contrastado como el catedrático Dionisio Llamazares Fernández que identifica Estado laico con Estado neutral ante el fenómeno religioso. De ahí pasa a afirmar que la Constitución consagra al Estado español como laico por neutral (nota 9). Lo que yo, con el mayor respeto hacia el doctor Llamazares, interpreto como laico, él lo califica como laicista. Estamos, pues, desfasados en un escalón. La evidente contradicción entre las dos partes diferenciadas del artículo 16.3 el doctor Llamazares y el T.C. la resuelven, interpretando el art. 10.1 afirmando que el individuo y su dignidad están por encima de los derechos de los grupos por lo que las relaciones de cooperación que posibilita el art. 16.3 estarían, según él y el T.C., subordinadas a que dichas relaciones sean necesarias para la igualdad de los ciudadanos y para la libertad religiosa. Constituyendo esta reflexión un significativo avance que mejora la comprensión del texto constitucional, esgrimimos una razón de peso en contra que no es otra que salvaguardar la igualdad y la libertad religiosa y de conciencia es competencia del Estado y sólo del Estado, precisamente por ese mandato constitucional. La profesora de la Universidad del País Vasco Adoración Castro Jover, en la misma lógica, considera que la neutralidad positiva del Estado, religiosa e ideológica, determina la igualdad y el principio de no discriminación, siendo ello la única garantía realmente eficaz de la libertad de conciencia. Esta apreciación se aproxima bastante a nuestro modo de enfocar el problema.

Tanto estos dos eminentes juristas como el propio T.C., en sus valoraciones y conclusiones, pues, proclaman que España es un Estado laico por cuanto aplican el principio de “laicidad positiva” que descansa en tres requisitos; 1/Neutralidad religiosa, 2/ separación Estado-Iglesias o confesiones y 3/ cooperación estatal con las iglesias/confesiones siempre que sea necesaria para la igualdad y libertad religiosa y de conciencia

Siendo muy respetable y en gran parte asumible el razonamiento jurídico enunciado (por cuanto consigue sacar conclusiones categóricas de un texto original totalmente restrictivo y confuso) se nos siguen antojando como interpretaciones muy proclives a consolidar hechos consumados. Si, como efectivamente, defienden las relaciones de cooperación siempre que sean necesarias para la igualdad y la libertad religiosa y de conciencia, debemos de preguntarnos por qué y en qué medida favorece la libertad de conciencia la financiación de la Iglesia Católica. Debemos preguntarnos también si no vulnera el principio de no discriminación positiva. ¿Garantiza la libertad religiosa y de conciencia de TODOS el hecho de que la Iglesia Católica ejerza la competencia estatal de la educación?. Formulado de otra manera, ¿Afectaría a la libertad religiosa y a la libertad de conciencia de los ciudadanos el que la Iglesia (cualquier confesión) no pudiera ejercer la enseñanza?. Terreno resbaladizo ¡pardiez! el Artículo 27 de la Constitución. Innumerable ha sido la legislación que ha tratado de desarrollar la armonización del derecho a la educación con la libertad de enseñanza e, incluso, con la libertad de creación de centros docentes sin que se vislumbre una solución práctica a corto/medio plazo. Por ello esta controversia y su tratamiento es más propia de publicaciones y artículos de opinión más centrados en la temática educacional. Sin embargo vamos a afirmar que, de igual manera que el artículo 16.3 deja excesivo margen interpretativo al T.C., éste, el artículo 27, debido a su complejidad, a su contradictorio, a veces, redactado, ha propiciado cierto desentendimiento del T.C. desviando el agrio debate hacia el exagerado material legislativo surgido desde 1.978. Y es que; partiendo de la ambigüedad del texto constitucional que ya hemos comentado, pasando por errores interpretativos de los tribunales identificando libertad de enseñanza con la satisfacción del derecho a la educación; no es posible más camino que la confrontación ideológica.

Por nuestra parte, abogamos por una escuela laica, entendiendo escuela laica como aquella que imparte enseñanza, atendiendo sólo a criterios científicos, gestionada democráticamente y que responde a planes de estudios elaborados democráticamente en el parlamento de un Estado laico y que, por ello, no da cabida a adoctrinamiento confesional alguno. Tal fenómeno sería una consecuencia natural de un Estado laico por lo que nos da pie para afirmar que por muchas piruetas que eminentes juristas y el T.C. hagan por hacernos ver que el nuestro encaja en el esquema, no somos ciudadanos de un Estado laico, aunque, lógicamente, aprovecharemos lo que convenga de la jurisprudencia del T.C., aprovecharemos las contradicciones en la normativa y la confrontación ideológica para ir consolidando posiciones.

Para terminar hemos de retomar los cuatro acuerdos con la Santa Sede firmados en 1.979 y que, de forma lapidaria, condicionan gran parte del debate en torno al texto constitucional. Como hemos visto, uno de los acuerdos, el de 1.976, es preconstitucional y los de 1.979 son postconstitucionales pero sólo formalmente. Aclararé el asunto. Atendiendo a contenidos son preconstitucionales. Sin embargo se firman tan sólo unos días más tarde de la promulgación de la Constitución y se firman en un clima de “transición” que trataba de evitar por todos los medios abordar “el problema religioso”. Los cinco acuerdos (1 del 76 + 4 del 79) ya, de partida, han incurrido en un error de bulto como es el atribuirles unidad sistemática pero partiendo del primero que, por preconstitucional, parte de la confesionalidad consagrada en la “Dignitatis humanae” del Concilio Vaticano II. Mal arranque pues. Pero es que, además, como muy bien establece el doctor Llamazares, llevan implícito un elemento irremediable de confrontación: la cláusula literalmente repetida en los cinco textos que remiten al mutuo acuerdo para resolver diferencias en la aplicación y/o en la interpretación. Apoyándose en el practicismo de esta repetida cláusula, la Iglesia ha pretendido ejercer de colegisladora topando en repetidas ocasiones con la oposición del Tribunal Supremo. Pues bien, la dichosa cláusula, ha estado obligando, de hecho, al Estado español, ante posiciones inamovibles de la Iglesia, a condescender dócilmente por no ser acusado de incumplir los acuerdos. Mayor preocupación nos produce constatar que los acuerdos con la Iglesia Católica han transformado, a través de las normativas que los han desarrollado y de su aplicación, el artículo 16.3 de la Constitución, en un modelo pluriconfesional.

Históricamente, los concordatos han obedecido: 1/ a la necesidad de dar fin a un conflicto de competencias; 2/ a la necesidad de consolidar un intercambio de privilegios; 3/ a la necesidad de combatir la secularización de la sociedad y 4/ a la defensa contra pérdida de privilegios. Así nos explicamos por qué la figura del concordato no existe en los dos modelos más nítidamente laicos: Francia y Estados Unidos de América. (Fuente www.olir.it)

Pero lo que da carácter de urgencia a la necesidad del Estado de desprenderse de la lacra concordataria es la gran cantidad de cláusulas inconstitucionales, bien en su fondo, bien en su aplicación, que gravan onerosamente la supuesta igualdad además del bolsillo del contribuyente. Varios ejemplos nos pueden estimular a cuantificar ambos aspectos: a) diferencia de régimen impositivo entre las confesiones y de estas con las ONG’s. b) el sistema de asignación tributaria, inicialmente acordado como transitorio, que se ha convertido en definitivo. C) la consideración de los profesores de religión como contratados laborales de la Administración, etc.

Conclusión: Jurídicamente, porque lo sentencia el Tribunal Constitucional, somos ciudadanos de un Estado laico y como tal, hay que explotarlo. Sin embargo sabemos que, tanto en el terreno conceptual como en el de la práctica política, estamos muy distantes de tal convencimiento. La laicidad, para los demócratas, supone, entre las medidas más urgentes, la supresión de los privilegios de la Iglesia, la derogación del Concordato de 1.953 y de los acuerdos de 1.976 y 1.979 y la limitación de su capacidad de intervenir, como institución y como Estado que es, en la vida politica y civil. Para una segunda etapa, en la que suponemos una mayor predisposición de la Sociedad, habrá que abordar, irremisiblemente, la prohibición de que las órdenes religiosas ejerzan el derecho a la enseñanza. Tal horizonte se nos antoja el terreno abonado para garantizar una libertad de conciencia universal, realmente patrimonio de la ciudadanía, y no instrumento de ninguna confesión religiosa. Nos espera una lucha enconada encaminada a las reformas constitucionales que sean necesarias para tales fines o, por plantearlo de una manera más directa, la solución laicista debería ser uno de los pilares fundamentales de la Constitución de la III República por la que cada día clama más gente. Mientras tanto, la lucha por una escuela laica se nos desvela como el camino más apropiado en la consecución del objetivo que no es otro que el ya repetidamente enunciado de una España laica.

AD MAIOREM GLORIAM CIVIUM HISPANIAE

Segovia, 1 de Abril de 2.011


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Notas:
(1) Ver “Nacionalismo y religión en el Pais Vasco hasta la Primera Guerra Mundial”.- Ander Delgado Cedagortagalarza.- Universidad del Pais Vasco, 2005.
(2) Redactado del artículo 12: “La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquier otra.”.
(3) Cuánta tinta ha corrido en la tarea de arremeter contra esta medida viendo en ella no su perfecto engranaje con la universalidad de la Ley sino una persecución desmedida e injustificada contra la Iglesia. Hoy día, curiosamente, se vierte la misma tinta en exigir al mundo abertzale una condena explícita de la violencia de E.T.A. y parece no convulsionar a nada ni a nadie.
(4) Fascio, una de las muchas palabras políticamente incorrectas hoy día. De tan manoseada y mal utilizada por casi todos parece como si hubiera perdido su auténtico significado. Lamentablemente, en nuestros días, “fascio / fascista” es una término que se emplea con excesivo automatismo, a veces, simplemente para etiquetar a quienes opinan distinto que nosotros. En un mundo de crisis de ideologías, la llamada “Telebasura” (Telemierda la llama Arturo Pérez Reverte) está contribuyendo, no poco, a la ceremonia de la confusión más absoluta de un pueblo que asiste perplejo a la cotidiana confrontación entre mediocridad e ineptitud con que, desde estudiadas pautas de marketing trasnochado, machaconamente nos deleita buena parte de nuestra clase política. Pero como no es mi caso, espero, me atrevo a usar la palabra consciente de que no hay otra que la pueda sustituir en el contexto que la encierra.
(5) Titular ficticio que, en realidad oculta al verdadero propietario.
(6) Hay quienes aún se preguntan por qué, siendo la legislación promulgada desde 1.937 por el régimen de Franco, de evidente influencia y presión de la Iglesia Católica, no se firmó mucho antes el Concordato, por ejemplo, en los primeros años de la década de los 40. Las respuestas hay que buscarlas en el panorama internacional. En 1.946 la O.N.U. dictó unas duras medidas sancionadoras que en el terreno práctico de las relaciones internacionales dejaba a España materialmente aislada. Fue el efecto psicológico de la llamada “guerra fría” y la reconsideración política de los principios fundacionales de las Naciones Unidas diseñados y pergeñados en las conferencias de San Francisco, Yalta y Potsdam las que propiciaron una relajación en la graduación de las sanciones que desembocaron en su completa anulación en 1.950. Hasta 1.955, año en que España es admitida como Estado miembro de pleno derecho en Naciones Unidas, el despliegue diplomático del gobierno español fue permanente y hasta eficaz. La firma, pues, del Concordato en 1.953 hay que enmarcarla dentro de esta estratégica ofensiva diplomática del régimen de Franco en busca de su definitivo reconocimiento internacional.
(7) Privilegio que consistía en que los delitos cometidos por eclesiásticos escapaban de su tratamiento por la jurisdicción ordinaria civil.
(8) Cuando me refiero a “nuestra” Constitución quiero solo constatar que es la que tenemos, en pura lealtad democrática. En ningún caso, sin embargo, la considero totalmente como “mia” si atendemos a los poderosos intereses que entraron en juego en los pactos entre bastidores que condicionaron irremediablemente su redacción, al margen y hasta en contra del debate popular particularmente vivo en 1.976, 77 y 78. Unos pactos que consagraban legalizaciones tan intencionadamente parciales y programadas como el veto a la investigación del pasado criminal del franquismo, desde la imposición de una “corona no sujeta a responsabilidad” que respondía más a la conveniencia del momento que al pragmatismo hasta la consolidación de un modelo democrático de pura delegación constituido por ciudadanos receptores de decisiones de las que son, somos, sujetos pasivos y nunca partícipes. Resulta chocante observar hoy cómo entusiastas defensores de la dignidad de las víctimas del franquismo y de nuestra “Memoria Histórica”, en aquellos años 1.976/77/78, en virtud de dichos pactos, tapaban la boca a quienes osaran esbozar el problema alegando, invariablemente, razones que hoy les sonrojaría solo el recordarlas.
(9) De esta, permítaseme, raquítica visión del problema, por muy técnica que sea, nace toda una corriente de pensamiento que se autoproclama laicista y que propugna, neutralidad del Estado por bandera, que Estado laico es aquel que da el mismo trato y favorece con el mismo criterio a todas las confesiones religiosas. Aberrante conclusión desde nuestra perspectiva histórica que encaja, como ha quedado claro en los primeros párrafos, el término laico en una independencia efectiva y activa de tal manera que excluye a las religiones de intervenir en asuntos públicos que solo competen a la sociedad civil y al Estado.

Próximo pleno

Como me imagino que el próximo pleno va a generar algunas opiniones, vamos a poner un poco de organización.

lunes, 20 de junio de 2011

























He recibido el siguiente correo:



"Observese lo que han tardado en llegarme unas fotos realizadas el sábado (18 de junio de 2011), me han dicho que en una especie de romería que realizan una serie de pueblos y que se llama de "la creazón" y que parece que conlleva algún tipo de trabajo, aparecieron juntos el cabeza de lista del PP (alcalde electo de Torrecaballeros) y el cabeza de lista del PSOE, se fueron juntos, al chico de la cámara de fotos lo debieron de dejar allí.
Pregunta retórica:* ¿Que pinta el señor Tamayo allí?.
Respuesta retórica: * Si ha ido como concejal ¿cobrará dieta?, ¿la cobra el alcalde?* Si ha ido como vecino del pueblo, ¿donde está su herramienta de labor?
Pienso, si acaso falta una persona en esta foto, el cabeza de lista de AEIPT, lo mismo resulta que estaba trabajando y no podía ir a la romería esta, porque no es un jubilado y no está dedicado al 100% a la alcaldía ... no quiero pensar que se les haya olvidado avisarle, anda que si se les ha pasado ... y esto va a ser un adelanto de lo que nos espera, PP$OE de la mano y de nuevo los vecinos ignorados ... que pena.
Fdo: Radagast"




pd. lo de las caras ha sido cosa mia, perdona Radagast.

martes, 14 de junio de 2011

Una propuesta

Aunque está muy reciente la constitución de la nueva corporación, por si sirve de idea, les propongo a los concejales de la oposición una primera sugerencia: como veis a la derecha, están a información pública el estado de las cuentas de 2010 del Ayuntamiento y de eso que pocos saben lo que es: "Empresa Municipal de Promoción Urbanística S.L." cuyo presidente es el Alcalde. Si pueden y quieren, que nos comenten. Pronto acaba el plazo.

lunes, 13 de junio de 2011

Carta abierta a los sres. políticos

He recibido el siguiente mail:

" CARTA ABIERTA A LOS SEÑORES POLÍTICOS: Antes de nada me gustaría comenzar felicitando al señor Alfonso por hacer de este blog una nueva forma de relación entre los vecinos; por otro lado, es una pena que, con lo que nos quejamos de que nuestros niños y jóvenes elijan preferentemente para relacionarse estas nuevas redes sociales en las que bajo el anonimato de la pantalla y un teclado se escribe aquello que cara a cara no se atrevería uno a decir por temor a las réplicas y el sonrojo en tiempo real, vayamos nosotros y les imitemos. Esta carta tiene como objetivo hacer una pequeña reflexión particular y libre, por si a alguno le interesa... Sr. Tamayo, de todos es sabida su experiencia en las negociaciones; pero, por su experiencia en la banca, las negociaciones a las que está acostumbrado con los particulares quizá no deberían llamarse “negociación” precisamente porque no hay nada que negociar, son condiciones “todo o nada” con lo que normalmente y ante la omnipotencia de los bancos con respecto a los particulares, los pobres ciudadanos no podemos más que aceptar, aunque sepamos que en muchos casos podríamos catalogar de robo o estafa estas “negociaciones”. Así es como ha “negociado” también con IPT, ignorando que el fin de todos los que se han presentado a las elecciones es el bien para el pueblo como conjunto, el bien general, y que a ese bien general podemos sumar todos y, por lo tanto, negociar (ahora sí, sin comillas) para lograr ese bien desde la experiencia y el punto de vista de TODOS. Hubiera sido para usted una negociación bien sencilla, sin embargo, la presión a la que ha sometido al grupo tratando de imponer SUS condiciones (como en una hipoteca) ha desembocado en la bochornosa reacción de la mañana del sábado. Esperamos que nos sirva a todos para entender por qué decidimos presentar una candidatura y qué esperamos conseguir con ello. Puesto que el bien del pueblo es el único objetivo, no se entienden sus comentarios y entradas en el blog de los últimos días pues parecen más bien la defensa de un delincuente ante un juez que busca exclusivamente su salvación del escarnio público tergiversando la realidad para acomodarla a la imagen que quiere crear de sí mismo. Sr. Fidel, ha luchado usted bien y ha sentido el apoyo de los vecinos y del grupo a pesar de la gran presión de tener que decidir con el poco margen con el que ha contado y a pesar de los intentos de sus adversarios por desacreditarlo. No se desanime y luche más y mejor desde la representación que ostenta en el ayuntamiento, para que esos 170 votos puedan realmente producir un cambio en el ayuntamiento hacia una democracia más transparente y más participativa para todo el pueblo. Sr. Sanz, aproveche la lotería que le tocó el sábado para bien de todos los ciudadanos demostrando así haber aprendido la lección y comprendido que se debe gobernar por y para el pueblo pues la Casa Consistorial tiene esa función. Demuestre que ha aprendido que sólo luchando por sus vecinos (por todos) se puede tener la fuerza necesaria para sumar y sacar al pueblo adelante. Sr. Vilches, con sus inquietudes, ilusiones y lucha se ha ganado nuestro respeto. Es usted una persona trabajadora y noble y, por qué no, también idealista, pero sin ideas no se puede llegar a ninguna parte ni mejorar nada ¿no?. Realmente, usted animó a la candidatura para poder tener otras opciones en el ayuntamiento, pues el Sr. Sanz se había alejado de los ciudadanos a los que gobernaba tanto en la forma como en el fondo y había olvidado su compromiso con los vecinos. Su decisión de no sucumbir ante las pretensiones del Sr. Tamayo y sus ganas de ver a IPT dentro del ayuntamiento luchando desde la oposición es muy noble y democrática y tiempo habrá de ver los resultados de este germen que se ha sembrado pues quedan cuatro años en los que trabajar mucho por y para el pueblo y CON el pueblo. V.Pecha"

sábado, 11 de junio de 2011

Resultados

Resultados de la votación para la constitución del Ayuntamiento:
Serafín: 4 votos
Tamayo: 3 votos
Votos nulos: 2 votos

jueves, 9 de junio de 2011

He recibido un mail de José Manuel Tamayo en el que me pide que publique esta entrada:

"No era mi intención entrar en este blog que he ido siguiendo con interés porque es un ejemplo de tolerancia y educación democrática, además de que es el mejor termómetro para pulsar el interés que han suscitado estas elecciones, pero me he decidido a hacerlo porque se han publicado muchas cosas, algunas ciertas, otras inciertas y muchas especulaciones o suposiciones, y quiero que todos tengáis información de primera mano y además tenéis todo el derecho a tenerla:

Cuando presenté mi candidatura a la Alcaldía, expliqué mis motivos que se resumen en una sola cosa: responsabilidad, y apelando a ello os solicité el voto a todos. Era perfectamente consciente de las poquísimas posibilidades que tenía en la convocatoria electoral por el peso, en este caso negativo, de las siglas de mi partido, por lo que agradezco muy sinceramente el apoyo que he recibido. Esos votos me legitimaban para tratar de llegar a un acuerdo de gobernabilidad y lo intenté desde el principio.

En el ejercicio de esa responsabilidad a la que siempre he aludido, en la misma noche del escrutinio me dirigí personalmente, tanto a Fidel como a Serafín, manifestándoles mi disposición a dialogar.

Dos días después recibí una llamada de Serafín y nos citamos para hablar dos días mas tarde. A continuación me puse en contacto con Fidel y quedamos en vernos antes de mi cita con Serafín.

Con Serafín he mantenido dos encuentros: Desde el primer momento nos manifestamos claramente que no íbamos a sellar ningún pacto entre el PP y el PSOE, por razones obvias, pero le tendí mi mano para colaborar fielmente en la gestión de los asuntos municipales, sin importar la situación en que nos encontráramos: uno en el gobierno y otro en la oposición o ambos en la oposición. En esas reuniones nos hemos intercambiado todo tipo de información sobre los distintos aspectos del ayuntamiento en un clima de lealtad mutua, pero, insisto, nunca ha habido, hay ni habrá ningún pacto o acuerdo alguno PP/PSOE sobre el resultado de estas elecciones y la composición del nuevo Ayuntamiento.

Con Fidel he tenido dos encuentros “cara a cara” y otro en que estuvo acompañado por Mercedes, Juan Pi y Ángel Vilches.

En el primer encuentro me dijo que quería que las conversaciones las lleváramos solos los dos, porque el contrato que le unía a Vilches había terminado el mismo día de las elecciones, y ahora era el quien tomaba las decisiones, a lo que manifesté mi total acuerdo y satisfacción. Me trasladó su idea de formar un equipo de gobierno, pero que tenía que pasar por su “liberación” (ponerse un sueldo del ayuntamiento) para poderse dedicar a ello, y por la renuncia de uno de sus concejales electos para que estuviese en el equipo otro que no había salido elegido. Esto- me dijo- era una cosa que tenía que “arreglar” porque había sido “un error burocrático”. Ante esta propuesta, que consideré al menos extraña y difícil, le hice la nuestra de formar un equipo de gobierno a partir de los cinco concejales electos, y un reparto de responsabilidades en función de las aptitudes y posibilidades de dedicación de cada uno, asumiendo yo la alcaldía por estimar ambos que mi perfil personal y profesional, al margen de la disponibilidad, se ajustaban mas a las necesidades actuales de gobierno del ayuntamiento. Debatimos esto un buen rato y quedó en que lo tendría que consultar con su gente. Un día antes de que se reuniera con su grupo mantuvimos el otro encuentro, de origen casual, y seguimos ambos en esta línea de acuerdo en la propuesta y profundizando en la misma. Quedó en que me llamaría en cuanto tuviese la reunión con su grupo para finalizar enseguida el acuerdo y le envié un correo con lo que habíamos hablado.

Fidel ya no me volvió a llamar. Entretanto alguien de su entorno habló conmigo instándome a que llegáramos a un acuerdo, al que nunca me he negado por cierto, y que no me preocupara si Fidel era el Alcalde, porque realmente era “un hombre de paja” (y cito textualmente). Por si tenía por entonces alguna duda, esta se disolvió enseguida y me ratifiqué en la certeza de que detrás Fidel, al que respeto y aprecio sobremanera, hay una serie de intereses personales que solo se verían satisfechos siendo él el alcalde, por la influencia que pueden ejercer sobre sus decisiones.

Esta influencia quedó de manifiesto en la siguiente reunión, a la que me convocó Juan Vilches sugiriéndome que fuera acompañado por otras personas del Psoe, ya que ellos iban a ser cuatro: los tres concejales electos y él mismo. Ante esta petición, a esta cita me acompañaron Gonzalo, Mayto y Juan Luis Gordo, y se celebró, a instancias suyas, fuera de Torrecaballeros. En el transcurso de la reunión Fidel ya no volvió a abrir la boca, al igual que Mercedes y Juan Pi y el único que habló fue Vilches. Les volvimos a presentar nuestra propuesta inicial de reparto de responsabilidades justificada en siete puntos:

1. Establecer un acuerdo de coalición basado en la creación de un nuevo equipo con los concejales electos de cada candidatura.

2. El equipo de gobierno saliente de este acuerdo, sería una coalición AEIPT/PSOE. Gobernaría la coalición de concejales electos con el alcalde a la cabeza, no uno ni otro partido.

3. La asignación de funciones y responsabilidades a cada uno de los miembros del grupo se haría en función de sus aptitudes, capacidades y disponibilidad.

4. Se establecería un programa común en base a los programas electorales presentados por cada grupo.

5. El programa común lo realizarían los concejales electos inmediatamente después de alcanzar el acuerdo de coalición.

6. El nuevo programa debía de estar basado en las propuestas que ambos grupos han presentado, pudiéndose eliminar o modificar alguna de las propuestas pero nunca incluir cualquier otra nueva ya que no ha sido sometida a votación popular.

7. Se emitiría un comunicado o presentación conjunta para que todo el pueblo conozca el espíritu del acuerdo y las líneas programáticas de gobierno.

Esta propuesta la rechazó Vilches de plano, y cuando argumentamos que nosotros nunca habíamos recibido propuesta alguna de su parte, recalcó que su propuesta, innegociable, es que Fidel tenía que ser el Alcalde y que no admitía un grupo de cinco concejales sino dos grupos: uno de tres y otro de dos. Cuando algo es innegociable, no se puede hablar de negociación sino de imposición. Tras varias intervenciones tratando de acercar posiciones, y ante la cerrazón de Vilches a contemplar cualquier otro escenario de pacto, la reunión se tuvo que terminar sin acuerdo alguno.

Hasta aquí los hechos.

Ahora permitidme una reflexión. Quizás sea equivocada, pero es lo que pienso:

Estoy absolutamente convencido que tras la candidatura de Fidel hay una serie de intereses particulares que no me gustan nada. Su actitud, tanto en la campaña, como en estos días posteriores, me ha evidenciado que sus actos y decisiones están ahora y pueden estarlo en el futuro, supeditados a la voluntad de otras personas e intereses que de alguna manera le están manejando y ante los que se pliega sumisamente. Hay un Fidel ilusionado y abierto cuando está solo y un Fidel sometido, mudo y empequeñecido cuando aparece la “sombra de su amo”. Y nunca le dejan estar solo. Quiso estarlo y nos reunimos, y hablamos y negociamos. Inmediatamente le callaron, le apartaron y le desautorizaron.

Y desde este convencimiento, y por pura responsabilidad, no puedo dar mi voto a Fidel, porque sería dárselo a los que tiene detrás. Y no me refiero a la inmensa mayoría de sus votantes, que vieron en él una propuesta ilusionante para cambiar las cosas que no les gustaban y le votaron con absoluta buena fe. A todos esos todo mi respeto. Me refiero a los que tiene detrás y a quienes nadie ha votado.

Yo también quiero cambiar las cosas, por eso me presenté y por eso intenté llegar a un acuerdo con Fidel. Si me postulé como Alcalde, no fue por ningún afán de protagonismo o de ansia de poder, nada mas lejos de mi forma de ser, y mucho menos por cuestiones partidistas, sino porque estaba y estoy convencido, que esos intereses que le han estado coaccionando a él, no harían el mas mínimo efecto en mi, y juntos podríamos llevar a cabo un programa de cambio que es lo que la mayoría han votado.

No ha podido ser. Yo no he tirado de ninguna soga, como alguno habéis dicho, la soga está en otras manos. Y han ahogado a Fidel y a sus votantes. Sigo queriendo el cambio y lucharé por ello desde la oposición. Seguramente con Fidel, al que presumo dejaran, ahora si, solo con sus concejales, pero el sabe que siempre contará con mi colaboración y la de mi grupo en lo que nos requiera.

José Manuel Tamayo"

jueves, 2 de junio de 2011

Respecto al respeto

He recibido un correo que dice:

"No soy del pueblo me gusta leer el blog y le leo todos los dias, me gustaria decir a esa gente grosera que sera la que se queja tanto en el pueblo que deje a las personas expresarse con educacion y libertad y no con ofensas y enfandando a gente que quiere expresar opiniones que nos acercan a poder conocer las problematicas de un pueblo .Gracias perdon por meterme en un blog de un pueblo que no resido pero visito todas las semanas gracias Un saludo Maria"

Espero que nos sirva de lección.

Presupuestos 2011



En el BOP de ayer, http://www.dipsegovia.es/uploads/bops/BOPSG1JUNIO_signed.pdf en las páginas 40 y 41, aparecen los presupuestos de Torrecaballeros.

Pactos

Como hay un número muy elevado de comentarios al respecto, y como ya se propuso, para ordenar los comentarios por temas, deberíamos hacer una entrada diferente para no perder el hilo.

martes, 31 de mayo de 2011

Educación

Acabo de suprimir un comentario de mal gusto, irrespetuoso, mal educado y mal intencionado. Mientras no se sigan las normas mínimas de respeto y educación lo seguiré haciendo. Gracias al resto.

lunes, 30 de mayo de 2011

Reflexiones sobre el Blog

Confieso estar superado por el gran caudal de opiniones del blog.Sólo pretendo aportar una serie de reflexiones sobre el mismo:


1º-Según indica Alfonso,necesitamos todos,para no perdernos,estructurar las entradas y las opiniones.Pido disculpas por mi anterior incumplimiento.


2º-No conozco ninguna oficina que expida el "grado de independencia" de cada uno.Todos vamos definiendo nuestra trayectoria que, analizada por otros, merecerá diversas consideraciones.Cada uno separará "el grano de la paja" según el calibre de su inteligencia.


3º-Sorprendente el debate sobre el próximo Alcalde.Hay unas reglas preestablecidas y que determinarán el "agraciado".Bienvenido sea el elegido,veamos sus actuaciones y debatamos sobre ellas.


4º-Estimo que poco o nada pesan las servidumbres PP-PSOE en los posibles pactos del Ayto.En un pueblo los parámetros son otros.Espero nos los cuenten.


5º-Sobre el tema de debate que planteé(¿dedicación exclusiva del Alcalde?) ,desde mi desconocimiento del oficio, deseo comentar:


a)He consultado la situación en la anterior legislatura(febril actividad inmobiliaria) de Hontanares,Espirdo y Bernuy.Ningún Alcalde tenía dedicación exclusiva.
b)El Alcalde es un gestor.Su éxito no está ligado a las horas empleadas,sino a su capacidad de gestión.
c)Dispone de un equipo de gobierno con el que puede,y debe, compartir las tareas del Ayto.
Parece, por tanto, un poco excesiva la dedicación exclusiva.
6º-Por último y dado que estamos recién impregnados del "espíritu del 15-M"(Ismael, a veces llegan aldabonazos de esperanza de que ésto puede cambiar algo) utilicemos este blog para intentar empujar a nuestro Ayto al camino de la transparencia(punto de partida de la decencia) y en ningún caso es el cortijo de nadie.Mariano Miguel

domingo, 29 de mayo de 2011

Calma

Vamos a tranquilizarnos. Este es un blog abierto a todas las opiniones. Cualquiera que lo desee puede publicar entradas o hacer comentarios. Hasta ahora ha habido buena armonía en todos ellos y creo que no debe cambiar. Os garantizo que es absolutamente independiente, y el tiempo lo dirá. Puede que ahora la tensión nos haga ver las cosas muy condicionados, pero el propósito es tener un espacio de debate dentro del respeto. Gracias a todos.

viernes, 27 de mayo de 2011

Participación

Os recuerdo que podéis crear entradas y proponer nuevos temas sobre los que comentar, de modo que podamos organizarnos por temas independientes y no sobrecargar de comentarios una sola entrada. Basta con enviar un mail a lasrobinias@gmail.com y publicais directamente o me enviais el texto y lo publico por vosotros.

martes, 24 de mayo de 2011

Resultados Municipales 2011




Estos son los resultados de las Elecciones Municipales 2011 obtenidos de la página del ministerio del interior http://www.mir.es/ .

El día 11 de junio tienen que estar constituidos los ayuntamientos, así que queda poco tiempo para decidirse.

domingo, 22 de mayo de 2011

Comentarios al primer paréntesis de Mariano

Nos parece muy bien que la gente escriba en este foro y, sería mejor como bien dice Mariano que se identifique, pero después de lo que vamos a escribir es posible que la gente se arrepienta de haber escrito los comentarios (incluso poniendo anónimo).

Lo primero es que comparas los anónimos y los alias con comentarios de taberna, y nada más lejos de ser comparable. En la taberna las cosas se dicen a la cara (bien lo sabes tu) y así todos sabemos quien las dice. Precisamente así los hacían los hombres y las mujeres de nuestro pueblo, cuando éramos pequeños. Se decían las cosas a la cara y no tenían ningún reparo en llamar sinvergüenza al sinvergüenza. Sin embargo ahora los que somos los hombres y las mujeres del pueblo no nos atrevemos a hablar, ni los que pasan de medio siglo, ni los que no han llegado al medio siglo. Es más si podemos y tenemos ocasión adulamos al sinvergüenza.

La gente tiene miedo, parecido a lo que les pasa a los que viven en ese país diminuto que tenemos al norte. Las prácticas son las mismas, solo que en Torrecaballeros en vez de aparecer en las actas del Ayuntamiento los nombres de los hijos de los Guardias Civiles o de los concejales del PP, lo que ponen es el nombre de quien está denunciando las irregularidades que cometen (última hoja del acta del 9 de febrero de 2010). Y al igual que en el país ese del norte, la gente que se dice “de bien” lo que hace es apartarse de los que denuncian, “no sea que el alcalde me vea con ellos y me pase a mi lo mismo” e incluso se hacen “amiguitos” de los que mandan, para que no les pase lo mismo. Esto ya está muy visto, ya lo conocemos. Y al igual que los del país ese del norte lo que le pasa a la gente “de bien”de Torrecaballeros no es que se les caigan los huevos, lo que pasa es que no los tienen.

Pues bien ahora lo que da miedo de verdad (todo está documentado, quien lo quiera ver no tiene más que pedirlo). Lo que está pasando en Torrecaballeros lo saben los siguientes señores:

Mariano Rajoy Brey (Presidente del PP)
Javier Gómez Darmendrail (Diputado del PP por Segovia)
Juan Vicente Herrera Campo (Presidente de la Junta de Castilla y León del PP)
Antonio Silván Rodríguez (Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y Leon del PP)
Teresa Rodríguez Rojo (Subdelegada del Gobierno en Segovia del PSOE)
Antonio Silva Jaraquemada (Fiscal Jefe de Segovia)
Javier Amoedo Conde (Procurador del Común de Castilla y León)
Javier Santamaría (Presidente de la Diputación de Segovia del PP)
Luciano J. Municio González (Delegado Territorial de Fomento en Segovia del PP)
Ministerio de Medio Ambiente
Confederación Hidrográfica del Duero
Notarios de Segovia (Varios)
Jueces de Segovia (Varios)

Todos ellos y muchos más que se nos habrán olvidado en la lista, protegen con sus actuaciones, las actuaciones del Alcalde Serafín Sanz Sanz, o ¿es este quien protege las actuaciones de los anteriores? Las actuaciones del Alcalde, de todos sus concejales y toda su corte de lameculos (¿o son comepollas?)

Además lo saben y no “quieren” publicar nada:

El Adelantado de Segovia
El Norte de Castilla
El Pais
El Mundo
……………….

¿A que ahora da más miedo todavía?

Esto está escrito para que sirva de revulsivo, en ningún caso para que nadie se de por aludido, firme como anónimo o con su nombre todas las opiniones y denuncias son igual de respetables e igual de valiosas y seguimos pensando que el miedo es libre, igual que lo es el poner el nombre o no ponerlo.

Fdo: Ismael (por si cabe alguna duda Gómez Miguel)

viernes, 20 de mayo de 2011

Aclaraciones a la UA nº 3







Mi enhorabuena para los creadores del blog(Para los que pasamos del medio siglo nos cuesta comunicarnos a través de teclas.No llego a entender el uso de "alias" o anónimos.Creo que esto se puede convertir en "comentarios de taberna".Me alegra,Alfonso, que te identifiques).En relación a la UA nº 3 sólo pretendo aclarar los siguientes puntos : 1ºQue el Convenio estipulaba la ejecución de una pista polideportiva por el promotor previa cesión por parte del Ayto de su edificabilidad.No había ninguna valoración de los bienes a permutar(Todo a ojo).2ªQue el Proyecto de Actuación planteado por el promotor incorporaba la ejecución de dos pistas polideportivas.(Esto se denomina "generosidad" del promotor)3ªQue la valoración de los bienes a permutar que figuraba en dicho Proyecto era muy "singular" (Ver archivo con las observaciones presentadas en mi alegación) 3º Que a pesar de todo y contra viento y marea el Ayto aprobó dicho Proyecto de Actuación. 4º Que al final el Ayto tuvo que "tesar", pues el Convenio era ilegal como se le había repetido desde el principio.Espero poder aclarar algo el episodio de la UA nº3.Mariano Miguel


jueves, 19 de mayo de 2011

Alcalde mentiroso






Pues eso, en la presentación de Serafín, me llamó mentiroso porque según él, el convenio de la UA3, que de haberlo hecho legalmente hubiera supuesto el desarrollo de la zona deportiva sin coste para nuestro Ayuntamiento como ya se dijo en el blog, sólo contemplaba UNA pista deportiva. Os adjunto el convenio para que veáis los viales, un cerramiento y dos pistas deportivas. Luego, me dice que lo lleve a la Fiscalía para perderlo, como los "demás", pero dicho por teléfono y rodeado de gente para que vea cómo domina a los vecinos que protestan. Qué valiente. Me consuela que los que no le conocéis, ya le iréis conociendo.